¿Me pueden cobrar el IPC del año 2008 sin previo aviso?
Le he comunicado hace un mes a mi arrendador que dejaría el piso y me ha dicho que de la fianza me cobrara el IPC de todo el año 2008 estando actualmente en el 2009, ¿es legal eso?
La actualización de la renta en ningún caso puede ser retroactiva, es decir, solo es aplicable a las rentas posteriores a la notificación (artículo 18.3 de la Ley de arrendamientos urbanos).
La modificación del precio de renta mensual, actualización conforme al IPC, debe estar notificada por el arrendador con anterioridad a su cobro, y no es posible cobrarla con caracter retroactivo en ningún caso.
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