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PAMELA OLGUIN DIAZ

inquilino/a

¿Me pueden cobrar el IPC del año 2008 sin previo aviso?
Le he comunicado hace un mes a mi arrendador que dejaría el piso y me ha dicho que de la fianza me cobrara el IPC de todo el año 2008 estando actualmente en el 2009, ¿es legal eso?
  • Preguntado por: PAMELA OLGUIN DIAZ
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (4)
EUROFIN ASESORES S.L ha sido el primero en contestar
  • Juan

    profesional

    La actualización de la renta en ningún caso puede ser retroactiva, es decir, solo es aplicable a las rentas posteriores a la notificación (artículo 18.3 de la Ley de arrendamientos urbanos).
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
  • José M. Mendoza

    profesional

    La modificación del precio de renta mensual, actualización conforme al IPC, debe estar notificada por el arrendador con anterioridad a su cobro, y no es posible cobrarla con caracter retroactivo en ningún caso.
  • //Mfan

    inquilino/a

    No, no es legal. Para poder aplicar la subida del IPC debe notificarlo por escrito en la fecha cuando cumple el contrato.
    • Respondido por: //Mfan
    • Hace 15 años
  • EUROFIN ASESORES S.L

    profesional

    No, debería habertelo comunicado al cumplir el año y cobrártelo mensualmente.

    www.eurofin.es
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