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Hola
Cuando los caseros me dieron el contrato para firmar pusieron una cláusula de "El contrato se firma con fecha 1 de marzo de 2014 /.../ Se concede a la parte arrendataria a prorrogar por períodos anuales sucesivos /.../ Si la parte arrendataria desea, durante alguna de las prórrogas, cancelar este contrato, deberá comunicarlo a la propietaria con una antelación mínima de 2 meses". Me dijeron "verbalmente" que realmente 2 meses no hacía falta y ahora que les he dicho que me voy (con un mes) me hacen estar 1 mes y 22 días (me han descontado 8).
¿es una cláusula abusiva y por tanto nula? En la inmobiliaria me dicen que no (ya que yo la firmé), pero por aquí veo que indicáis que, ya que no cumple la ley, sí lo es.
Por otro lado indican, respecto al "mantenimiento y conservación- fianza" dice que "la fianza se devolverá al arrendatario una vez transcurrido un mes desde la recuperación de de la propiedad de la posesión del inmueble, deducidos los gastos que procedan en concepto de daños, o por cualquier concepto exigible" .
Y en la "resolución del contrato" que quieren que firme un mes antes de irme (¿eso es normal?) indican " Todos aquellos gastos que se ocasionaran para exigir el cumplimiento de lo pactado serán de cuenta y cargo exclusivo de la parte incumplidora que, con su conducta, diere lugar a ellas, fueren o no preceptivas, incluidos los derechos y honorarios de los profesionales de que se valiere, aunque su intervención no viniere exigida por la Ley"
Además que indican que, de mutuo acuerdo se resuelve el contrato en ese 1 mes y 22 días (cuando yo he tenido que aceptarlo porque no me dieron otra opción por lo mencionado arriba)
Todas estas cosas me hacen pensar si debería recurrir el contrato o no y si debería hacer mediar abogados y testigos en cada paso
Un saludo y muchas gracias de antemano