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Mi casero nunca se preocupo de informarme y aplicarme como aparece en el contrato de alquiler que firmamos, la subida del IPC anual. Ahora pasados 4 años pretende que le abone todos los IPCs atrasados y que no me aplico o comunico en su día. He leído el contrato que firme de alquier y existe una clausula, a mi entender algo abusiva, en la que se menciona que el casero debera informarme al comenzar el año del IPC que corresponda para posteriormente aplicarlo en el coste del alquiler, dos parrafos más abajo increiblemente expecifica que "en ningún caso, la demora en aplicar la revisión supondrá renuncia o caducidad de la misma, teniendo derecho el arrendador a percibir los atrasos desde el mes que correspondiese la actualización" Mi pregunta es la siguiente, ¿Me puedo negar a pagar esas actualizaciones, que no me comunicaron ni me aplicaron en su día, entendiendo por ilegal o abusiva dicha clausula?
Un saludo y muchas gracias.
Si lleva cuatro años sin que le hayan actualizado el IPC lo que debe tener claro es que la actualización, como ha señalado el compañero Pedro, se inicia con el IPC de hace cuatro años y eso no aplicarla retroactivamente eso sí el resultado se aplica al mes siguiente de su comunicación formal.
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la ley lo establece bien clarito; y lo que ponga en el contrato no importa.
Te puede exigir que le pagues la renta actualizada desde el mismo momento en que te la comunique (o sea, al pago siguiente, claro); pero nunca retroactivamente.
Es decir, que los meses que han pasado sin el incremento, nada de nada.
Pablo.
Estas en lo cierto, la subida no puede tener caracter retroactivo. Eso si, podran aplicarte como precio nuevo, desde ahora, la subida del ipc desde el inicio del contrato.
pedro Martínez
Abogado
5001@Icagr. Es