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soninha

inquilino/a

Mi casera me reclama los costes de su abogado en un juicio verbal inferior a 2000€, ¿tengo que pagarle?

una sentencia dice que tengo que pagarle a mi casera 890 euros que me reclama y las costas .Resulta que como la cantidad no excede de los 2000 euros  no tengo que abonar costas pero hai una clausula en el contrato de alquiler q dice q tengo q pagar gastos de procurador y abogado aunque estos no sean perceptivos .Me reclama solo por el juicio verbal 390 euros ( al monitorio se presentó sin abogado ), tengo q pagarle ¿??¿ en algún sitio he leído q no debería cobrarme más de 1/3de la cantidad reclamada ....es eso cierto ?¿?¿?¿

  • Preguntado por: soninha
  • Hace 9 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (7)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
Piscis tres ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Fatima abogada

    Fatima abogada

    profesional

    Hola Compañero, 

    Es la sentencia la que le condena a pagar a su casera los 890, según indica soninha.

    saludos

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Conviene matizar:

    El Juez condena en costas.

    La parte ganadora presenta en el Juzgado la estimación de esas costas.

    El secretario judicial las tasa, incluyendo lo que considera oportuno.

    Lo que no es correcto es que la casera/demandante reclame a la inquilina/demandada los honorarios de su abogado.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Fatima abogada

    Fatima abogada

    profesional

    Buenos dias compañero,

    En ningún momento se ha discutido, es el jez el que tiene que dictaminar si condena en costas o no, ya lo he comentado.

     tienen la consideración de costas ciertos gastos que se originan durante la tramitación de un procedimiento judicial, exclusivamente por los siguientes conceptos:

    • Los honorarios del Abogado y derechos del Procurador, cuando su intervención es obligatoria.
    • La inserción de anuncios o edictos que obligatoriamente deban publicarse durante la tramitación del procedimiento.
    • Los honorarios de los peritos.
    • Las copias, certificaciones, notas, testimonios y documentos que se soliciten a los Registros Públicos, salvo que las solicite directamente el juzgado, en cuyo caso, serán gratuitos.
    • Los derechosarancelarios (gastos de notario)

     

    Saludos

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Cuidado compañera Fatima distíngamos, una cosa es que haya condena en costas y otra que se puedan incluir en las mismas los honorarios del letrado interviniente, eso lo tiene que decidir el Juzgado, no la parte ganadora del pleito.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Fatima abogada

    Fatima abogada

    profesional

    Coincido con mis compañeros, a pesar de no ser perceptivo ni abogado ni procurador, si el juez dictamina que hay  temeridad o desplazamiento de parte vencedora, normalmente condena en costas.

    Saludos

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Efectivamente si ha sido condenada en costas debe pagarlas, pero previamente el secretario judicial debe tasar ese importe.

    Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/ 

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Pués claro que tienes que pagar las costas, te lo está diciendo el mismo juez.

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