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una sentencia dice que tengo que pagarle a mi casera 890 euros que me reclama y las costas .Resulta que como la cantidad no excede de los 2000 euros no tengo que abonar costas pero hai una clausula en el contrato de alquiler q dice q tengo q pagar gastos de procurador y abogado aunque estos no sean perceptivos .Me reclama solo por el juicio verbal 390 euros ( al monitorio se presentó sin abogado ), tengo q pagarle ¿??¿ en algún sitio he leído q no debería cobrarme más de 1/3de la cantidad reclamada ....es eso cierto ?¿?¿?¿
Hola Compañero,
Es la sentencia la que le condena a pagar a su casera los 890, según indica soninha.
saludos
Conviene matizar:
El Juez condena en costas.
La parte ganadora presenta en el Juzgado la estimación de esas costas.
El secretario judicial las tasa, incluyendo lo que considera oportuno.
Lo que no es correcto es que la casera/demandante reclame a la inquilina/demandada los honorarios de su abogado.
Buenos dias compañero,
En ningún momento se ha discutido, es el jez el que tiene que dictaminar si condena en costas o no, ya lo he comentado.
tienen la consideración de costas ciertos gastos que se originan durante la tramitación de un procedimiento judicial, exclusivamente por los siguientes conceptos:
Saludos
Cuidado compañera Fatima distíngamos, una cosa es que haya condena en costas y otra que se puedan incluir en las mismas los honorarios del letrado interviniente, eso lo tiene que decidir el Juzgado, no la parte ganadora del pleito.
Coincido con mis compañeros, a pesar de no ser perceptivo ni abogado ni procurador, si el juez dictamina que hay temeridad o desplazamiento de parte vencedora, normalmente condena en costas.
Saludos
Efectivamente si ha sido condenada en costas debe pagarlas, pero previamente el secretario judicial debe tasar ese importe.
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Pués claro que tienes que pagar las costas, te lo está diciendo el mismo juez.