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capela

casero/a

Con el cambio de la ley de alquiler, ¿de verdad que el inquilino se puede ir cuando quiera?

Ya, con un aviso de un mes, pero, ¿puede firmar un contrato por un año y marcharse al cabo de dos meses? Lo de la indemnización por año restante no vale, y me parece muy injusto, pues el precio del alquiler por un par de meses o por un año debería ser diferente.

En mi opinión, esta es otra reforma que beneficia principalmente al inquilino.

  • Preguntado por: capela
  • Hace 12 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (5)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
nova ha sido elegida Mejor Respuesta
  • nova

    casero/a

    No sé, pero si es así (desistimiento en cualquier momento con un aviso de un mes de antelación) lo que va a ocurrir es que inmuebles de ciertas características (por ej, estudios amueblados y equipados) e inmuebles en zonas turísticas se dejen de alquilar a precio de arrendamiento para vivienda y se alquilen por temporada mucho más caros haciendo por ej lo que comenta Amparo: ir reduciendo el precio por mes de estancia.
    O alquilar este tipo de inmuebles sin amueblar ni equipar, y sin alta de suministros, así al menos te aseguras de que quien lo alquila a precio de vivienda tiene intención de quedarse más de 8 semanas.
    Así subirá el precio del alquiler, pues la gente se lo pensará antes de poner un precio de alquiler para vivienda para que en la práctica el inquilino se pueda cambiar de piso a partir de las 8 semanas, y otra vez a ponerlo en alquiler, y a esperar, y el lío de la facturación de los suminsitros, etc
    Es que ningún inquilino va a alquilar por meses sueltos a precio de alquiler temporal si eso se aplica, todo el mundo que piense en alquiler temporal por 8 semanas mínimo querrá (y podrá) alquilar para vivienda a precio de arrendamiento para vivienda. Tontos serían de alquilar, por ej, un apartamento en una zona de costa para el verano al precio que esos alquileres se pagan hoy en día.
    Desde luego los caseros con inmuebles en alquiler para vivienda en zonas turísticas lo van a llevar claro si ese punto tal cual se aprueba finalmente.
    Yo misma, que tengo un estudio totalmente equipado en Madrid detrás de Palacio Real (zona turística) en alquiler para vivienda a 460 euros lo que haré es ponerlo en alquiler por temporada a 250 euros/semana con luz y todo incluído, y listo.
    Sólo con el verano me saco 3.000 euros, y con semanas sueltas el resto del año al final saldría ganando.
    Y que ocurrirá al final? Que quien necesite un piso en zona turística para vivienda lo va a tener que pagar mucho más caro, ya que imagino que si ese punto prospera muchos caseros van a hacer lo mismo.
    Si alquilar para vivienda sólo te garantiza 8 semanas de alquiler, mínimo, y a partir de ahí vas a estar en ascuas pues mejor alquilar por temporada subiendo el precio.
    En fin, ya se verá en qué queda este punto.

    • Respondido por: nova
    • Hace 12 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    nova pues a pesar de tu pormenorizada y fundada opinión la MInistra del ramo considera que su idea favorecerá la dinamización del alquiler, debe sr lo que se viene llamando la España oficial y la España real

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • nova

    casero/a

    Habrá que esperar a que la Ley entre en vigor yo creo para saber cómo va eso, si alguien alquila para vivienda a precios de alquiler para vivienda y por ej. al mes avisa de que se marcha podría tranquilamente alquilar para sólo 8 semanas a precio de alquiler para vivienda, nadie alquilaría por temporada o para estancias cortas.
    Si este fuese el caso sería un chollo para el inquilino, sobre todo a la hora de alquilar para vacaciones, por ej, firmando un contrato de alquiler para vivienda.
    Yo tengo un estudio amueblado y equipado de todo en alquiler para vivienda, si fuese así lo alquilaría sin muebles o equipamiento de cocina, al menos de esa forma si se van a los dos meses tienen que hacer mudanza, etc, y eso les cortaría de irse a otro sitio en cualquier momento avisando con un mes si, por ej, encuentran otro estudio más barato o si pensaban alquilar sólo para vacaciones.
    Si lo alquilas equipado y amueblado se podrían ir a los dos meses tranquilamente avisando al mes de entrar sin hacer mudanza ni nada.
    También sería un lío para los pagos de suministros a cuenta del inquilino, algunas compañías facturan a los dos meses.
    Tampoco entiendo lo de la indemnización de un mes por año restante que se pueda pactar en el contrato. Por año restante? A qué se refiere? A los tres años del contrato (que serían tres mensualidades) en caso de irse antes del primer año?
    O se refiere al año en curso? En ese caso sería sólo un mes y estamos en las mismas. Aunque pagues un mes si estás dos meses sigue siendo un chollo si lo comparamos con los precios de alquiler de temporada o por meses o semanas.
    Y si refiere a indemnización por tres meses en caso de que sea el primer año para el inquilino también lo encuentro un poco abusivo, en este caso para el inquilino.
    Yo ceo que si el inquilino se puede ir en cualquier momento avisando con un mes el mercado de alquiler por temporada o periodos cortos se va a resentir mucho, todo el mundo que vaya alquilar para menos de tres meses va a alquilar para vivienda. Sobre todo en zonas turísticas, cualquier casero que tenga un piso en alquiler para vivienda en esas zonas se podría ver muy perjudicado si es que finalmente esto es así.
    Yo este punto no lo veo claro. Si es así la verdad es que me da bastante inseguridad a medio plazo, alquilas para vivienda a un determinado precio y de momento tienes asegurado el pago por dos meses sólo, y a partir de ahí estás en ascuas.

     

    • Respondido por: nova
    • Hace 12 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Estoy con Amparo si esa reforma llega a ¿buen? puerto se hará necesario estudiar los contratos con bastante mas cuidado que hasta ahora.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    ¡¡Y dale morena!

    Es solo un proyecto de ley. No hay nada aún.

    Pero si así fuere. Siempre podrías pactar un precio. E irlo reduciendo cada mes que el inquilino se quede.   Seguro que habrá mil fórmulas para evitar a los "subasteros"

    Saludos - Papeleos Alquiler.

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