La cláusula que usted comenta es contraria al
artículo 21 de la LAU, e ilegal. El inquilino sólo tiene obligación de pagar las pequeñas reparaciones, y todo lo que rompa por mal uso. Usted no tiene que pagar ese contador si no lo ha averiado usted por mal uso.
Déjeselo claro al casero, ya que al estar próximo su fin de arriendo él puede verse tentado de descontarlo de la fianza, lo que también sería ilegal.