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Vivo en Madrid y por cambio de trabajo me tengo que ir a Andalucía. Tengo un alquiler hasta septiembre de 2010. El chalet lo dejaría en Enero de 2010. ¿Tengo derecho a reclamar la devolución de la fianza?
Si usted desiste anticipada y unilateralmente del arrendamiento, puede ser demandado por incumplimiento de contrato por el arrendador. La jurisprudencia mayoritaria en estos casos condena al inquilino a abonar las mensualidades que restan hasta el fin del contrato o hasta que la vivienda se alquile de nuevo, además de las costas judiciales.
Trate de llegar a un acuerdo con el propietario para no ser demandado. La no devolución de la fianza a modo de indemnización suele ser un arreglo bastante frecuente, y desde luego mucho más barato que si acabara en los tribunales.