La normativa exige que los responsables de esas cámaras cumplan estos requisitos:
a) Colocar, en las zonas videovigiladas, al menos un distintivo informativo ubicado en lugar suficientemente visible, tanto en espacios abiertos como cerrados y
b) Tener a disposición de los/las interesados/as impresos en los que se detalle la información prevista en el artículo 5.1 de la Ley Orgánica 15/1999.
Si no los cumplen denuncia a la Agencia de Protección de Datos.
Pedro Hernández del Olmo, abogado
Redacción de Contratos de Alquiler