Tengo en vigor un contrato de alquiler con opción a compra (directamente del constructor de un piso nuevo que yo estrené y bajo régimen VPO) y aún estoy en el plazo legal de alquiler (la opción de compra se ejecutará en 1 año y medio). Vengo "discutiendo" con el constructor (que a su vez es el arrendador) por dos averías que tengo en el domicilio desde que entré a vivir. Una de ellas es una raja en el plato de ducha y otra que la puerta de la terraza no encaja correctamente. Para ambas cosas me mandaron un obrero de su empresa que me hizo un par de chapuzas que no han durado. De hecho, en la ducha el problema ha ido a peor. El arrendador se niega a hacer más reparaciones, aludiendo (y me lo ha dado por escrito) a que: 1º.- Es mi responsabilidad la reparación de los deterioros por el uso o desgaste, tal y como marca la Ley de Arrendamientos Urbanos, en el artículo 21 que remite a su vez a los artículos 1563 y 1564. 2º.- Se ha pasado el plazo de 1 y 3 años de garantías que la Ley 38/1999 de 5 de Noviembre de Ordenación de la Edificación obliga al constructor. Aunque entiendo que las averías provocadas por el uso y desgaste son mi responsabilidad (pongo por ejemplo, que la caldera de calefacción individual se estropee, como ha pasado y he pagado yo la reparación), no comprendo y creo que no está cumpliendo el arrendador su parte alegando cosas fuera de lugar como tales leyes, que no se reparen cosas que ya estaban averiadas o que no son imputables al uso y desgaste, como es el caso de la puerta mal encajada y el plato de ducha rajado (no es un golpe, es una raja en toda regla que viene desde detrás de la pared). Mi pregunta es: ¿Qué pasos debo hacer para reclamar? ¿Debo llamar a un perito y que con esa peritación reclamar o algo así? ¿Tengo que acudir al departamento de vivienda del gobierno de mi comunidad? Me da la sensación de que el arrendador está aprovechando que poder demostrar estas averías me va a costar un pico y por tanto, sabe que no voy a reclamar porque no me sale a cuenta. Quizá sea así, pero al menos, quiero saberlo. Muchísimas gracias.
Debe contratar a un abogado para que demande al arrendador. Él le dirá si es necesaria o no la intervención de un perito. Quizás con una cartita de su abogado el arrendador entre en razón.
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