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Tal y como el arrendador pone en el contrato: "los arrendatarios se obligan a contratar una póliza de seguros suficiente, con la que corresponderán a los daños y perjuicios que se pudieran causar a 3ºs o al inmueble.
Gaby, habla con tu casero y proponle hacer lo justo:
Tú un seguro que cubra tus cosas y tu responsabilidad civil, y él, si quiere, un seguro que cubra sus cosas y su responsabilidad civil
Si lees esto verás a qué me refiero: ASEGURA TU HOGAR
Gaby es recomendable que hagas seguro, pues si por algún motivo hay una avería que no es imputable al propietario como por ejemplo un grifo abierto y mojas al vecino tendrías que pagar tú y nada más que tú todas las reparaciones. Lo normal es que el propietario tuviera un seguro por el continente y tu por el contenido ( tus enseres, muebles y demás) y a terceros. A la larga te ahorras mucho dinero. saludos
Gabi,
El arrendador no puede obligarte a contratar ese seguro, ni siquiera a que le alquiles el piso.
Ahora bien; estarás de acuerdo conmigo en que él tampoco está obligado a alquilártelo a ti. Por tanto, si quieres alquilarlo cumples su exigencia y, si no. te buscas otro piso.
La LAU dice que, aparte de la mensualidad de fianza, las partes podrán pactar libremente otras garantías complementarias.
Ramón Ruiz.