Cuando alquilas un piso la persona que te lo alquila puede meter a quién quiera siempre y cuando no se trate de subarriendo. Por otra parte, el cónyuge tiene derecho a continuar el contrato que en sú día firmo la otra parte. Es legislación de alquiler.
Él puede tener pareja, esposa, hijos, sin tener que figurar cada uno en contrato.
Únicamente si fuera subarriendo inconsentido (que colaborara en el pago) podría ser motivo para resolución contrato de ambos. Él desde que inició el contrato puede cambiar bombín de cerradura y devolverlo cuando entregue la vivienda. El piso alquilado es responsabilidad del titular del contrato.
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