Puedes hacer el contrato sin renovación automática, por 1 año y al finalizar el año que abandone el local, o si te interesa seguir pero con otro precio realizar nuevo contrato. Lo de los 5 años como ya te comenté es para los contratos de arrendamiento de vivienda, con lo cual puedes confeccionarlo por el plazo que quieras y con las cláusulas que quieras . Si al final lo vendes lo lógico es que se lo ofrezcas 1º a tu arrendatario, si no quieres vendérselo puedes insertar una cláusula de renuncia al dº de adquisición preferente. Pero te vuelvo a repetir; te veo con dudas, acude a un profesional de tu localidad y que te redacte el contrato, por un precio módico te vas a quedar más tranquilo y vas a tener la seguridad de hacer las cosas bien.
Estamos a tu disposición,
Api Colegiado Inmodos
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