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Jose Ivorra

casero/a

Alquilé mi piso porque me iba al extranjero hace dos años. Ahora he vuelto. ¿Puedo cancelar el contrato?

Puedo cancelarlo?

  • Preguntado por: Jose Ivorra
  • Hace 14 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si en el contrato de arrendamiento estaba prevista tu posible vuelta, es decir, si incluiste en el contrato la llamada cláusula de necesidad para vivienda permanente del arrendador, podrás dar por finalizado el contrato EN UNO DE SUS CUMPLEAÑOS, previo aviso fehaciente al arrendador, al menos 30 días antes a ese cumpleaños.

     

    De lo contrario el arrendatario tiene derecho a seguir en el piso hasta agotar el 5º año de prórroga.

     

    Siempre queda la vía de negociación (ofrecerle una cantidad para que se vaya: una indemnización, pago de mudanza y de la agencia que le busque otra vivienda)

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

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