Puedes alquilar la vivienda por 2, 3, 4 años si quieres, lo único que debes realizar el contrato con una cláusula que se llama cláusula de retorno, que contempla la LAU, en esa cláusula se debe especificar que el contrato se hace por 2, 3, 4 años porque la propietaria, mediante carta burofax, notificará con tres meses de antelación la necesidad de recuperar la vivienda para uso propio.
Si llegado los 2, 3, 4 años no envías la cata burofax al inquilino, el contrato se prolongará hasta cumplir los cinco años.
Esta norma es para contratos de arrendamientos urbanos de vivienda habitual.
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