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bilma

casero/a

Tengo alquilado un piso como arrendador, durante 6 años y 9 meses. Primero cinco años y luego la prórroga maxima de 3.

He leido en la ley, que si lo deseo cada año de la prórroga puedo echar a los inquilinos previo aviso.

Puedo echarles cuando cumplan los 7 años? o tengo ke esperar a que se terminen los 3 de prórroga?

  • Preguntado por: bilma
  • Hace 14 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
deaquiydealli ha sido el primero en contestar
  • bilma

    casero/a

    Gracias, efectivamente lo habia interpretado mal, habia leido arrandador a arrendatario...

     

    • Respondido por: bilma
    • Hace 14 años
  • deaquiydealli

    casero/a

    No, no puede. Ha interpretado mal la ley. La LAU es muy clara a este respecto. Artículo 10. Una vez transcurridos los cinco años, el contrato se prorroga obligatoriamente por plazo anuales hasta alcanzar un máximo de tres, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con un mes de antelación a la fecha de terminación de cualquiera de las anualidades.

    De modo que si el inquilino no quiere, tendrá que esperar a que pase los 8 años y un mes antes de cumplir ocho años comunicar fehacientemente que no quiere renovar, si el inquilino está interesado puede regenociar las condiciones y sería volver a empezar desde cero. Un año prorrogable a 5 y después prórroga de 3.

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