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JAGG

inquilino/a

He alquilado las habitaciones de un piso. ¿Tengo la obligacion de registrar el contrato en algun organismo oficial?

Hola. He alquilado las habitaciones de un piso que tengo declarado como mi vivienda habitual.

¿ es necesario que registre el contrato en algun organismo como la camara de propiedad o camara de comercio? Si lo registro, ¿ tengo la necesidad de declarar los ingresos a Hacienda?

  • Preguntado por: JAGG
  • Hace 11 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (12)
javier diez ha sido el primero en contestar
javier diez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Juan Jose Cuquerella

    profesional

    Por tus inquilinos no te preocupes que ellos tienen el contrato de alquiler y pueden ir a donde quieran, registrar lo que quieran y pedir las ayudas que crean necesarias, en todo caso el problema lo puedes tener tu, aunque imagino que no estamos hablando de una cantidad de dinero relevante.

  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Amparo,yo he deducido que no son vivienda habitual por lo que ha dicho....:"Segun me han comentado en la Camara de la Propiedad Urbana ,al  ser un alquiler por habitaciones , no se considera como un arriedo de la vivienda" y tambien dice:,,"Segun ellos lo consideran como una actividad mercantil.

    De ahí que yo opino que sí debe llevar IVA

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Coincido con Amparo, pero el consultante habla de ayudas o becas, con lo cual parece que sus arrendatarios serán estudiantes.

     

     

    en mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd. ,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Javier, yo creo que si las habitaciones van a ser la vivienda habitual del inquilino estaría exento de iva

  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Amparo,dice que es su vivienda habitual y que va a alquilar habitaciones = si que debe llevar iva,lo que pasa es que ya ha dicho que no va a ha hacer nada de nada. Así vamos

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    javier lo de cobrar iva... si va a ser la vivienda de los inquilinos...más que nada porque no tengan otra.. no ha lugar... No asustemos al personal.

  • JAGG

    inquilino/a

    El contrato ya lo tengo hecho.

    Creo que no lo registraré en ningun sitio ni  declaré los ingresos a Hacienda.

    Espero que no le cree problemas a los inquilinos cuando soliciten ayudas o becas

     

    • Respondido por: JAGG
    • Hace 11 años
  • JAGG

    inquilino/a

    Hola Jan.

    Si tengo que depositar obligatoriamente la fianza en un organismo, entiendo que tambien estoy registrandolo el contrato.

    Segun me han comentado en la Camara de la Propiedad Urbana ,al  ser un alquiler por habitaciones , no se considera como un arriedo de la vivienda y por tanto ellos no pueden realizar ningun registro porque esta fuera de su ambito.Segun ellos lo consideran como una actividad mercantil. Consultando en la Cámara de Comercio me indican que anteriormente si que registarban los contratos pero que ahora ya no lo hacen y me remiten de nuevo a la Camara de la Propiedad Urbana.

    En fin un lío.

    • Respondido por: JAGG
    • Hace 11 años
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Pido disculpas,cuando te dije que claro,me refiero a que claro que tienes que declarar,pero no a que lo tienes que registrar en ningún sitio o estamento

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola jagg:

    Coincido con las respuestas anteriores y añado que también debe depositar la fianza en el organismo correspondiente de su comunidad autónoma.

    reciba un cordial saludo

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    El contrato no hay que registrarlo en ningun sitio, pero eso no exime de la obligacion de declarar los ingresos procedentes del alquiler.

    pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr. Es


  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    ¡pues claro! Y debes cobrar iva. Y declararlo trimestralmente

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