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Estoy de alquiler en un piso que pertenece a la comunidad de vecinos, desde hace cuatro años. Mi contrato se firmó en Noviembre y entiendo que todos los años corresponde en Noviembre una actualización del alquiler según el IPC. Hasta ahora ha sido así, aunque un año que bajó el IPC se "olvidaron" de mandarme la carta, pero bueno.
Respecto a los gastos de comunidad la cantidad está fijada en el contrato en el momento de firmarlo, aunque entiendo que cada año toca también una actualización.
Sin embargo hace un año hicieron en Julio una reunión de propietarios y subieron de golpe los gastos de comunidad nada menos que en un 60%. La asesoría me mandó una carta notificando la subida de los gastos y que me tocaba pagarlo desde Agosto.
Entiendo que el según la LAU el arrendador (que es la propia comunidad) solo puede repercutir esta subida en mi en el doble del IPC como mucho. Tras reclamarlo han acabado pasado por el aro y anulando esa subida, pero tras infinitas discusiones paradójicamente con la asesoría que les lleva las cuentas. A mi me parece de juzgado de guardia que la asesoría no conozca la LAU, y peor aún, que si la conoce intente colarmela así.
El caso es que ahora atacan de nuevo con una subida, esta vez del doble del IPC, ok, pero en Agosto, porque les da la gana que sea en agosto y alegan que la ley no dice la fecha. La verdad es que por unos meses me da lo mismo, pero estoy negro con los de esta asesoría y me fastidia tener que estar dos veces al año revisando subidas de IPC (porque se equivocaron ya dos veces al alta)
Les he dicho que tocaría en Noviembre pero dicen que no ... ¿qué opinan?
No es cuestión de opiniones.
tienes toda la razón.
te la dan los artículo 18.1. y 20 de la lau
saludos - Papeleos Alquiler.