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Son legales es decir no están prohibidos por la LAU, sin embargo es una 'costumbre' absurda si se trata de la vivienda del inquilino, esta práctica perjudica al casero ya que la prorróga de cinco años a que tiene derecho irrenunciable el inquilino empezará a contarse mas tarde, con lo cual el contrato de once meses habrá producido el efecto contrario al deseado..
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