Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Por supuesto avisando con 30 dias.
Si te vas en otro momento distinto al cumplimiento de la anualidad (por supuesto con preaviso de 30 días) puedes ser demandado por incumplimiento de contrato y ser condenado no solo a indemnizar al casero, sino a pagar su abogado y su procurador además de los tuyos.
No obstante, la respuesta a esa pregunta podría estar incluso en tu contrato (cláusula despenalizando el desistimiento), y si no lo está, lo mejor es que lo negocies con tu arrendador, porque evitar el juzgado siempre te saldrá más económico.
Saludos - Papeleos Alquiler.