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Eulogio Pavon Galvez

inquilino/a

¿Es legal esto? vivienda en alquiler propiedad de un banco

En mi contrato de alquiler dice: se abonarán los pagos por anticipado antes del día 5 de cada mes. ¿ puedo pagarlo el día 1,2,3 ó 4 ? o por el contrario he de tener el dinero en cuenta el día 1 para que ellos lo cobren cuando quieran dentro del plazo ? me hicieron un descubierto por no tener saldo suficiente el 1 del 11-2009. es legal?. gracias por vuestras respuestas.

  • Preguntado por: Eulogio Pavon Galvez
  • Hace 14 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
Muelles ha sido el primero en contestar
  • Muelles

    casero/a

    Considero que teniendo saldo suficiente en la cuenta a día 5 del mes, no existe motivo de reclamación por su arrendador.

    • Respondido por: Muelles
    • Hace 14 años
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