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Vivimos de alquiler en un piso desde hace más de 20 años y ahora nos bloquearon la cuenta donde ingresabamos la renta para que no paguemos porque hace un año nos avisaron notarialmente de que iban a derruir para construir. Hablamos con ellos y no estamos de acuerdo con lo que nos quieren pagar y ahora no nos dejan pagar para poder echarnos por desahucio (pienso yo). Oí que se puede depositar la renta en el juzgado pero no sé como es. ¿qué pueden hacernos ellos?
gracias
Como complemento de lo dicho por manuel jose recordarle que aqui puede obtener informacíon complementaria
Si el arrendatario lleva atrasado un mes por falta de pago puede el Arrendador demandarle judicialmente y solicitar el pago pudiendo el arrendatario efectuar el depósito de las rentas e impagos en el juzgado la primera vez no aceptando dicho depósito una segunda vez.
Si arrendador se niega al cobro ( Art. 17 L. A. U. ): deberá enviar giro al domicilio que se conozca, o por notario. Y lo más seguro:
La Arrendataria deberá instar ante los Juzgados un " expediente de consignación de rentas", a través del cual será el juez el que requerirá al propietario para que se cobre la renta.
Saludos,