Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

edu2846

inquilino/a

vivo en un piso de alquiler, ¿quien tiene que pagar el seguro del piso?

hola, soy inquilino hace unos 30 años mas o menos y tengo un seguro (combinado del hogar en sta. lucia.) el propietario tambien tiene asegurado el piso;

¿ se podria pagar un solo seguro entre los dos?

gracias por anticipado edu

  • Preguntado por: edu2846
  • Hace 10 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (12)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • emifer64

    casero/a

    Amigo Leon, no se trata de hacer las cosas  a medias o entre los dos. Fíjate que digo Tomador: el propietario, y, en su caso y segun acuerdo repercutir parte de la prima en la mensualidad. Esto es que el seguro cubre al propietario, y dentro de esas coberturas pueden entrar acciones, bienes o perjuicios al inquilino, (uno de los beneficiaros). Frente a la compañia el responsable de pagar la prima resulta el tomador, o sea, el propietario. Único interlocutor con la misma 

    Otra cosa es que acuerdan un incremento de la mensualidad del alquiler, eso a la compañia "le trae el pairo".

    Tecnicamente, la póliza contempla varias figuras:

    Tomador: Propietario

    Pagador: Pripietario

    Asegurado: propietario

    Objeto de riesgo, la vivienda y el alquiler

    Beneficiarios:propietario e inquilinos.

    Las dos últimas figuras, no estan incluidas en todas las coberturas ambos, cada uno en las que les corresponde. Asi, el propietario estaría cubierto en "proteccion de pagos, abogado y procurador" y, por ejemplo, el inquilino, se beneficiaria de las reparaciones por agua en el tipico siniestro de que el vecino de arriba "moje".

    No existe, como ves, nada hecho entre ambos, ni asociaciones (La compañia tampoco aceptaría esa situación), sino que se cubre una casuistica donde el riesgo abarca a varias personas y/o situaciones.

    Entrando más en detalle, por el tiempo que el consultante indica, es muy posible que en la vivienda existan bienes de propiedad del inquilino. Sería fundamental que como tal se declarasen en la póliza, reflejandolos en las condiciones particulares para que los mismos quedaran incluidos dentro de robo en el interior

    Un saludo, perdon por el tocho técnico

     

     

    • Respondido por: emifer64
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    emifer64: no es una cuestión técnica, sino de lo que los anglosajones llaman "riesgo moral". Hacer las cosas a medias es de lo más peligroso que hay.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • emifer64

    casero/a

    Leon, depende, Separados tienen sus ventajas, pero tambien sus inconvenientes, segun se diseñe cada producto y muchas veces el asegurado no sabrá lo que contrata, y los aseguradores no tendran conocimiento de la existencia del otro seguro, en el mejor de los casos no sabrán sus caracteristicas...

     

    • Respondido por: emifer64
    • Hace 10 años
  • emifer64

    casero/a

    Jajaja, Pholmo, ¿diferencia entre seguros hechos por corredores con comisionistas? No hombre, no. jajajaja 

    Perdona, acabo de llegar a la oficina y de lunes. No puedes tener más razon. (en todo)

    Si te cuento lo que he visto en mi carrera, que si, es en el mundo del seguro, estarís "carcajeandote" tres días. Muchas veces por desconocimiento y otras por "mala fe" tanto del asegurado como del asegurador.

    Para lo que el consultante quiere, lo mas sencillo es lo que comentaba en mi post, un combinado de hogar con proteccion de pagos, repercutiendo parte de la prima en la mensualidad. El Tomador debe ser el propietario y debe detallarse que la vivienda está en regimen de alquiler.

     

     

    • Respondido por: emifer64
    • Hace 10 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Emifer no se si te dedicas al seguro, yo desde luego no, pero a lo largo de mi ya larga vida profesional he visto aseguramientos hechos por vendedores/comisionistas y otros hechos por corredurías/agencias serias y la diferencia es notable.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    Emifer64: ok, entiendo.

    de todas formas pienso que es mejor que cada cual haga el suyo por separado.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • emifer64

    casero/a

    Bunos días de nuevo, 

    Leon, ciertamente, la pregunta no iba por ahi, mi comentario se refiere al riesgo de doble séguro que apuntaba Pholmo, indicando como actuarían ambas compañias. 

    Sin embargo, y ahora si respondiendo a la pregunta, si que existen productos en el mercado que hacen lo que quiere el consultante. En cuanto a lo de compartir el costo, bastaría con repercutir parte de el en la mensualidad,

    Sin entrar en compañias, ni titulos comerciales, el producto sería un combinado de hogar para viviendas en alquiler, las garantias: daños al continente: por agua, incendio y otros, robo en el interior, daños a terceros, responsabilidad civil e impago de rentas con gastos de abogado y procurador, para una vivienda "standard", 5-10%  de la mensualidad. Tomador el propietario, pagador segun acuerdo

     

    Un saludo 

    • Respondido por: emifer64
    • Hace 10 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    emifer64 igual no me he explicado bien, cuando he dicho: que las pólizas no incurran en doble aseguramiento, me refiero al problema que vd plantea.
    Si las pólizas están bien hechas y coordinadas no veo problema alguno en caso de siniestro, lo que ocurre es que las polizas no deben hacerse con un 'vendedor de seguros' sino con un agente independiente.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    Si emifer64, pero eso no es lo que pregunta edu2846.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • emifer64

    casero/a

    Amigos Pholmo y Leon, permitidme un comentario, Leo de la pregunta que el inquilino tiene un seguro de hogar y que el propietario tambien lo tiene asegurado. habria que saber el tipo de seguro del propietario, si es de alquiler o de hogar, Si es el primer caso las coberturas, como ambos comentais pueden, que no siempre, ser diferentes, pero si es de hogar habrá un problema en caso de algunos siniestros, por que un objeto de riesgo no puede asgurarse dos veces.

    En ese caso, de producirse un siniestro, pogamos un incendio que afecte a parte del continente deberá reclamarse a dos compañias, proporcionalmente al capital asegurado, y ya os digo que ninguna querrá hacerse cargo en principio y será necesario un proceso que las ponga de acuerdo. 

     

    Un saludo

    • Respondido por: emifer64
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    Coincido plenamente con PHOLMO.

    Creo que en este asunto hay un mal entendido por parte de quienes nos consultan, y es pensar que hay "un" seguro. Esto no es cierto, hay al menos dos seguros, porque los riesgos imputables al casero o al inquilino no son los mismos. Por lo tanto, lo verdaderamente "ortodoxo" es que el inquilino tenga un seguro y el casero otro, cubriendo cada uno de ellos los distintos riesgos que pueden terminar siéndoles imputados, que lógicamente no deben coincidir.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Cada uno , casero e inquilino, tiene sus propias necesidades y riesgos que asegurar, que pueden entrar en conflicto, por lo tanto no es conveniente lo que pretende, lo que si puede ser aconsejable, si tienen buena armonía es que las pólizas no incurran en doble aseguramiento.

    Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/  

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas