Tiene un derecho de adquisición preferente; en caso de igualar la oferta de un tercero, el piso se lo quedaría usted. Podrá seguir hasta que venza la anualidad, marzo de 2.010, salvo que en el contrato estuviera prevista la extinción automática por venta.
No tiene derecho a ninguna indemnización, pero todo es negociable.
A su disposición para lo que pueda necesitar,
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