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El inquilino me dice que tengo que pagarle yo pues según él es obligatorio que mi seguro cubra también las propiedades del inquilino. ¿es cierto?
No existe un seguro obligatorio d ebienes en arrendamientos, por lo tanto el inquilino que no ha asegurado sus bienes contra robo debe hecerse cargo de la pérdida.
En mi blog, cuya lectura le recomiendo http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar directamente incluso por teléfono.
Yo no se nada de eso que dices, pero si alquilas a través de una comunidad, eso significa que una parte del coste es el seguro. Los alquileres normales, o sea los de la mayoría de gente, se alquilar directamente entre arrendador y arrendatario, y no hay seguro si no lo contratas expresamente. Te adjunto un post de Amparo sobre el tema que seguro que te dará una visión más amplia sobre los seguros:
http://sites.google.com/site/papeleosalquiler/seguros
Hola,
Guillem, tu respuesta no es del todo cierta. En el caso de alquilar mediante la Comunidad Autónoma, ésta facilita gratuitamente un seguro al arrendador que también cubre al arrendatario. En caso de que el arrendador haya deshechado la facilidad que comento alegando que dispone de un seguro propio debe hacerse cargo de que lo que se ofrece es igual a lo que ofrece la Comunidad.
No sé si es el caso pero... por cumplimentarlo mas.
Tu eres responsable solamente de tus bienes. El inquilino es responsable de tus bienes, que tienes alquilados, y de los suyos propios. Si hubiese contratado el inquilino un seguro por sus propios bienes, la compañia de seguros le habria resarcido.
No, salvo que estuviera expresamente previsto en el contrato, o que haya habido alguna negligencia imputable a usted (normalmente sería por el tema de las llaves).