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El contrato es de fecha 1 de mayo de 2011, y ellos estaban casados ya anteriormente a este contrato, aunque como titular solo figura él.
Que es lo que tiene que hacer la viuda en este caso, aparte de comunicarlo a los propietarios debe firmar o subrrogarse mediante algún documento?
Puede quedarse en la vivienda, en las mismas condiciones que tenía el titular, pero lo tiene que notificar de manera escrita, y que quede constancia de esta notificación al propietario/arrendador, si pasan 3 meses sin notificarselo, el contrato quedará extinguido y tendrá que pagar los 3 meses.
Junto con la notificación debe acompañar el certificado de defunción.