Puesto que tu permanencia en el piso es superior a 9 años, habría que examinar documentalmente la situación. Aparentemente por la descripción que haces el arriendo se encuentra en prórroga forzosa y por lo tanto tienes derecho a permanecer en el piso hasta que se agote esta prórroga
Por otra parte y si no has renunciado a ello, tienes derecho de tanteo y retracto sobre la proyectada venta.
En mi blog, cuya lectura le recomiendo,
pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.