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Cristina

inquilino/a

venta del piso que alquile
Hola, en primavera de este año 2016 me comunico el dueño del piso que queria venderlo y su oferta era que, una vez vendido el piso yo podría quedarme 2 meses y el ultimo me pagaria la fianza mas una mensualidad mas. Pero una vez vendido el piso ya no es suyo.
Ahora bien mi contrato es del 2014 prorrogable a cinco años y yo no quiero irme del piso, pero él insiste en que quiere llegar a un acuerdo conmigo y que desaloje el 1 de diciembre que es cuando firmamos el contrato.
Mi pregunta es. si no quiero abandonar el piso y seguir en el los años que me quedan, puede echarme??
Otra cosa mas, casualmente se nos ha roto la lavadora del uso y de los años que tiene (es muy antigua) y me dice que es responsabilidad mia y que yo debo comprar otra con mi dinero, es asi??
Muchas gracias

  • Preguntado por: Cristina
  • Hace 8 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (8)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Cristina su casero denería saber que el "primer grado de consanguinidad" se refiere a padres o hijos, los hermanos son segundo grado de consanguinidad, no es un parentesco protegido a efectos de la LAU.
    Pedro Hernández del Olmo, abogado Pulse aquí para consultarme directamente por teléfono
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Nube

    inquilino/a

    De acuerdo con Amparo. Si recibe alguna comunicación fehaciente, no obstante, coméntenoslo antes de hacer nada.
    Con respecto a la lavadora, tendrá que comunicárselo al casero de la misma forma, que quede constancia de que le ha avisado y cuándo. Si no se la repone, tendría que comprar una de características similares y reclamarle la factura...
    • Respondido por: Nube
    • Hace 8 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Sepa que necesitar el piso para una hermana "no cuela" y si fuera para un hijo y tras marcharse usted no se fueran a vivir a la vivienda antes de 3 meses... la broma le saldría carísima a él y sería ventajoso para usted si le lleva al juzgado.
    Pero aunque invocara la cláusula de necesidad, solo podrían hacerlo avisando "fehacientemente" al menos 2 meses antes del cumpleaños del contrato. 
    Cambie la cerradura de la casa y no haga NADA si no recibe una comunicación fehaciente de su casero.
  • Nube

    inquilino/a

    Cristina, ¿puede decirnos la fecha exacta del contrato? ¿Y qué indica literalmente sobre la duración? ¿Era de 1 año prorrogable a 5?

    Si la lavadora tuviese arreglo y el importe de la reparación no fuera muy costoso, le correspondería a usted. Si no tuviera solución y no quedara otra que cambiarla, se tendría que hacer cargo el propietario.
    • Respondido por: Nube
    • Hace 8 años
  • Cristina

    inquilino/a

    Hola de nuevo, acaba de llamarme el dueño que me comenta que si no quiero salir del piso por las buenas va a alegar que tiene una hermana separada y que necesita el piso para vivir, le he dicho que todo eso me lo tiene que dar por escrito. Este hombre quier que me vaya del piso si o si.
    La lavadora se niega a arreglarla, dice que es responsabilidad mia, sin saber aun lo que le pasa.
    Mi pregunta ahora es, donde puedo o como hago para empezar a tramitar todo esto??
    Muchas gracias por contestar
  • Christian

    profesional

    Respuesta rápida: NO, el arrendador no puede echarte porque quiera vender.
    En realidad, si tu contrato no está inscrito en el REgistro de la Propiedad (lo normal), el nuevo propietario podría resolver el contrato, pero en la práctica, raro será que un comprador acepte adquirir una vivienda sabiendo que va a tener que litigar con el inquilino para que se vaya. Por eso el arrendador quiere pactar contigo, para poder vender la vivienda libre de ocupantes.
    Además y salvo que hayas renunciado a ello, si quiere vender solo la vivienda que habitas, tienes derecho a adquirir preferentemente la finca por idéntico precio y condiciones que ese comprador, lo cual el propietario te tendría que notificar fehacientemente (ej: notario o burofax) 30 días naturales antes de la firma de la compraventa. Si no lo hace y vende, tendrías derecho de retracto.
    En resumen, es complicado que el arrendador pueda vender tu vivienda a un tercero salvo que tú estés de acuerdo en resolver el contrato, pues el comprador deseará tener la situación resuelta antes de adquirirla.

    Lavadora: si como dices, se ha "muerto" por haber agotado su vida útil y si la vivienda incluía la lavadora, es obligación del arrendador reponerla.

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Quise decir "potenciales compradores"
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Lo primero que veo raro es que si su contrato es de 2014 sea prorrogable hasta cinco años. Habría que leer el contrato.
    Puede usted quedarse mientras el NUEVO DUEÑO no diga nada.
    No tiene usted por qué permitir que potenciales inquilinos visiten el piso, con lo que la venta será poco más o menos que imposible.
    Si la lavadora ha muerto de vieja, le toca al casero poner otra que funcione (no tiene por qué ser nueva)
    Espero haberle orientado.
    Papeleos Alquiler
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