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ALEXITO

inquilino/a

Tengo un contrato x 1 año, ya llevo 8 meses alquilando y la dueña me comentó que tenía un comprador
Que me devolvía la fianza y me daba tiempo para irme. Ahora resulta que la venta no se realiza ¿qué puede pasar si yo ahora me quiero ir? Faltando 4 meses y con el temor que venda el piso de un día para el otro, en el contrato dice que me puede avisar de la venta del piso sin yo reclamar nada solo la fianza ¿tendré algún problema legal si me marcho antes de finalizar el contrato?
  • Preguntado por: ALEXITO
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (4)
Armando Perea ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Alexito, yo opino como Armando Perea.

    su respuesta es 100% correcta. Las otras no del todo.
  • manuel josé

    casero/a

    En el contrato dice que te puede avisar de la venta. Lo dice por escrito. Luego al llegar el momento debe comunicártelo por escrito. Si te lo ha comunicado te vas sin problema. Si no hay comunicación fehaciente por escrito no puedes hasta finalizar anualidad contrato (con preaviso de un mes de antelacion ) antes finalización anualidad contrato.

    Saludos,
  • Daniel Gutierrez

    profesional

    Hola,

    Debes comentarle a la casera que en un contrato de arrendamiento de vivienda habitual, aunque venda el piso, tú tienes 5 años de alquiler porque puedes prorrogar anualmente.

    Si no acepta, para evitar problemas le comentas que quieres marcharte y que entienda tu posición, no puedes estar a la expectativa, con la idea de que cualquier día te exija que te marches, y que por eso la LAU marca este mínimo.

    Cualquier contacto o duda profesional, ponte en contacto con nosotros.
    Atentamente.
    Daniel Gutiérrez
    Consultas Jurídicas: 807 517 561
    Correo Electrónico: info@letradosenlared.com
    Web: www.letradosenlared.com
  • Armando Perea

    Armando Perea

    profesional

    No te puede obligar a irte, suponiendo que lo que firmaste fue un contrato de vivienda habitual, o sea que aunque figure 1 año, el arrendador tiene la obligación legal de prorrogarlo hasta un mínimo de 5 años. Si lo vende el adquirente tiene que respetar el contrato de alquiler vigente.

    Estamos a tu disposición,
    Api Colegiado Inmodos
    Web: http://www.inmodos.net/
    E-mail: info@inmodos.net
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