Si el contrato es anterior al 6 de junio de 2013 las prórrogas obligatorias son de 5 años.
Si el contrato es posterior a esa fecha, las prórrogas obligatorias son de 3 años.
Si estamos en este caso, puede avisar fehacientemente al inquilino, al menos 30 días antes del tercer cumpleaños del contrato, de su intención de no prorrogar el arriendo. El inquilino no debería ponerle problemas.
Notificación al Arrendatario de la no prórroga del contrato