Yasmin en Derecho los conceptos son muy importantes, por lo tanto conviene precisarlos, arrendatario es el inquilino y arrendador el casero, por lo tanto no está claro en su caso quien se niega a seguir adelante con el acuerdo. En la actualidad no existe el derecho de traspaso salvo que se trate de un contrato anterior a 1985. Lo que si permite la ley actual es la cesión del negocio, de cuyo precio no es obligatorio que participe el casero/arrendador. Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono:
807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil)
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