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Entonces sucede lo siguiente: Fecha inicio contratro: 1/12/2000. Se ha ido renovando anualmente. En la última renovación, sin previo aviso, se cambiaron bastantes cláusulas. No leí el contrato pues el hijo me dijo que todo estaba igual que siempre, y firmé. Ahora el dueño no quiere cambiarlo. Considero "no legal/no honrada" su actuación. Me han indicado que tengo el derecho de denunciarlo pero prefiero irme. La intención, irme, como ya todos sabéis, antes del 1 de marzo. Actué inocentemente pero dudo de que mi mente estuviera bien en el momento de la firma pues eran las 13.30 cuando firmé y yo, hasta el momento y por salud, tengo que llevar un horario disciplinado en las comidas. Cuando el azúcar me baja, a veces realizo actos ilógicos. Y esa firma pudo ser uno de ellos. Espero haber dejado todo claro, no tengo intención de marear a nadie con preguntas. Gracias por vuestra amabilidad.
En el último párrafo de mi anterior intervención:
donde dice: cualquier momento previo aviso de un mes.
Debe decir: cualquier momento previo aviso de 2 meses.
No sé en qué anualidad de tu contrato te encuentras, ni qué podrían implicar esas prórrogas que habéis ido firmando cada año (las prórrogas no se firman, son automáticas y no hay que firmar nada)
Pero lo que sí queda claro ahora es que el cumpleaños del contrato es el 1 de diciembre, por tanto la forma de terminarlo sin que tu casero pueda demandarte, es preavisando fehacientemente un 31 de octubre (como muy tarde) y marcharte el 30 de noviembre siguiente.
Si tuvieras la certeza de que el contrato original es de 2000, y que lo demás son meras prórrogas, te diría que puedes irte en cualquier momento previo aviso de un mes (por llevar más de 5 años con el mismo contrato), pero si, como dices, se han cambiado condiciones, ya no se trata de una mera prórroga, ya podría ser un contrato NUEVO, y para irte en otra fecha, tendrás que negociar con tu casero.
Saludos - Papeleos Alquiler
Leida la ley y contrastada, con otras palabras, en otras webs, me contesto a mi mismo y a Amparo BB. El Art. 11 indica que "...En arrendamientos de duración pactada superior a cinco años, podrá el arrendatario desistir del contrato siempre que el mismo hubiere durado al menos cinco años y dé el correspondiente preaviso al arrendador con una antelación mínima de dos meses".
Lo que se ha firmado anualmente son simples prorrogas que en todas dice que es una prorroga del contrato iniciado el 1/12/2000. Gracias a todos :)
Disculpar falta un detalle:
Cada año se firma de nuevo el contrato pero queda indicado claramente al comienzo: Este contrato es una prórroga. En ningún momento se dice que sea un nuevo contrato.