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usuario eliminado

¿Con cuánto tiempo tengo y me tienen que avisar para dejar el piso?

Hola, quisiera si me informan con cuánto tiempo de anticipación tengo que avisarle a la propietaria que cambio de piso una vez vencido el contrato, y con cuánto tiempo me tiene que avisar la propietaria si quiere que al vencerse el contrato me vaya por venderlo, desde ya muchas gracias por sus respuestas, es de mucha utilidad este blog, gracias

  • Preguntado por: Usuario dado de baja
  • Hace 14 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Vera Grande

    Vera Grande

    profesional

    El arrendatario disfruta de un plazo de garantía de cinco años: los contratos con duración pactada inferior a dicho plazo, se prorrogan obligatoriamente para el arrendador por plazos anuales, a voluntad del arrendatario, hasta llegar a los cinco años.

    El arrendatario puede poner término al arrendamiento, comunicándolo al arrendador con un mes de antelación a la terminación del plazo pactado o de cualquiera de sus prórrogas.


    Si transcurridos como mínimo cinco años, ninguno de los contratantes manifiesta su intención de no renovar el contrato con un mes de antelación a la fecha prevista de su terminación, el arrendamiento se prorroga obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años más.


    Un saludo

    Vera Grande Alonso

    Abogado del Ilustre colegio de abogados de Madrid

    www.abogadosgrande.es

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    No hay que esperar a que venza el contrato.

     

    Si el contrato es de 1 año, el inquilino debe avisar fehacientemente al propietario, 30 días ANTES DE que se cumpla ese AÑO, o si hubiera habido prórrogas, 30 días antes del vencimiento de la prórroga en curso.

     

    Sin embargo, el propietario, (salvo que hubiera en el contrato cláusula de necesidad para vivir,  en cuyo caso también podría evitar las prórrogas avisando 30 días antes del vencimiento de cualquier anualidad) sólo podrá dar por finalizado el contrato, si así lo comunica fehacientemente al inquilino al menos 30 días antes del 5º cumpleaños del contrato.

     

    Si el propietario quiere que usted se marche del piso para venderlo vacío (ya que siempre podría venderlo "con usted dentro"), el propietario tendrá que aguardar al 5º año u ofrecerle a usted una indemnización que le parezca tan irresistible como para que, a cambio de ella, acepte marcharse anticipadamente.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

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