Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Creo que no me han entendido, yo dije que el contrato me cumplía el 30 de noviembre (o sea dentro de unos dias) la anualidad, firmamos el contrato el día 01-12-2010 por lo tanto ahora lo que quiero saber es que con cuanto tiempo tengo que avisar a la propietaria ya que nosotros pretendíamos quedarnos hasta el 30-12-2011 para así cobrarnos la fianza y no tener que esperar que nos la devuelva la propietaria, ya que si asi fuera seguro que no la cobraríamos nunca, porque es muy "agarrada" al dinero.
Saludos y muchas gracias.
Marilo, te hemos entendido perfectamente en el otro hilo: http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/inquilinos/tiempo-avisar-propietaria-quiero-marchar-piso_42060.html
Has revisado tu contrato como te sugerí en el otro hilo?
En cuanto al tema de la fianza, creo que en otro hilo también lo hemos explicado.
En primer lugar entiendo que el contrato es de 1 año prorrogable de acuerdo a Ley y no de 5 años. y en segundo lugar que la fecha de entrada en vigor (independientemente del día de la firma) fue el 01-12-2010
Si es así, es correcta la respuesta que te han facilitado, tu fecha límite para avisar a la propoetaria (de forma fehaciente mediante documento que te firmara o burofax) era el 31/10/2011, dado que es justamente un mes antes de dar por finalizado el contrato (30/11/2011).
Si prorrogas un més más (hasta finales de año), se entiende que el contrato se ha prorrogado por 1 año más y por tanto "te podría" aplicar una penalización (11/12 partes de una mensualidad.
Si tu pretensión es la de no pagar el último mes y que se lo cobre de la fianza, el propietario podría interponer demanda por las cantidades impagadas/adeudadas hasta la fecha de tu marcha, sin contar que tras revisar la finca encontrase algún otro problema.
Más información a francisco@fincastortosa.es
Se le entendió a la perfección, de ahí que mi respuesta siga siendo válida.
Eso de que no se cobrará nunca la fianza hay q verlo, pues métodos legales para cobrarla los hay.
Debería haber preavisado con treinta días de antelación, a la arrendadora de su voluntad de dar por terminado el contrato a la finalización del plazo pactado, en este momento, salvo que la arrendadora admita otra cosa, el arriendo está prorrogado otro año.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/