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Hola, actualmente estoy viviendo en un estudio bastante apartado de la ciudad que cogí para estar cerca de mi novio (ahora ex-novio...) y la verdad es que me quiero ir de ese piso. En mi contrato de alquiler pone que si me voy antes de la fecha indicada (octubre 2010) estoy obligada a pagar lo que me quedaba por cumplir del contrato. No me parece justo. Es verdad que me pueden obligar a esto? O me puedo ir perdiendo la fianza solamente?
Atentamente
Rebecca
En principio, el contrato debe cumplirse tal y como está estipulado. Ahora bien los juzgados admiten la existencia de unas causas justificadas que permiten la resolución del contrato sin penalización. Esas causas serían la pérdidad de empleo, la disminución de ingresos, cambio de destino labora y similares. Puede leer más en mi blog asistencialegal1.blogspot.com