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En mi contrato de alquiler figura la cláusula: "será por cuenta del arrendatario los gastos derivados del consumo de agua y luz, así como todos los que sean de uso particular ocasionados desde la firma del presente contrato"
No existe una respuesta unánime para su pregunta, ya que los propios expertos tienen opiniones encontradas argumentando una y otra postura.
Si consulta en el buscador de esta página poniendo "basura madrid" podrá repasar todas las respuestas publicadas al respecto.