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Hola, en mi contrato de alquiler, de 1 año de duración, pone que en caso de dejar la vivienda antes del cumplimiento de contrato deberé de abonar al propietario con una mensualidad de renta por año que falte hasta la finalización del mismo.
Mi pregunta es, ¿si me dejo el piso a falta de tres meses, se considera que falta un año? ¿Tendría que abonarle una mensualidad?
Muchas gracias
Un saludo.
Hola PHOLMO, y muchas gracias por contestar.
Eso mismo es lo que yo pensaba, si el contrato es anual, no tiene mucho sentido esa cláusula.
Pero, para más inri, lo redactaron en una inmobiliaria, que se suponen que tienen el personal cualificado a ello, y saben llevar eston temas.
Guardo su oferta de servicios profesionales por si la cosa se complica.
Gracias.
Es lo que ocurre por "copiar y pegar" es absurdo estipular esa clausula en un contarto de duración anual, si no se ponen de acuerdo habría que acudir al Juez o interpretar que debe pagar l aparte proporcional es decir 1/4 de alquiler mensual.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente