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Segun he visto en la ley de arrendamientos urbanos el propietario tiene que hacerse cargo de ese tipo de cosas ya que el piso me lo alquiló con los electrodomesticos incluidos y no eran nuevos, y hace poco me dijo que él solo estaba obligado a arreglarlos o reponerlos solamente durante los 6 primeros meses y que yo me tengo que hacer cargo si se estropean ya sea por buen o mal uso.
Titania, ¿ has pensado que puede pasar si decide demandarte por impago o te dice que no le has pagado tal mes?
¿ Has pensado como vas a demostrar que sí has pagado?
Sin recibo no le pagues. Si se niega, envía el dinero mediante giro postal, y si lo devuelve, consigna el dinero en el juzgado.
No me extraña que luego contestes lo que has contestado en otro tema.
Si yo hago los recibos y le obligo a que me los firme me serviria a la hora de reclamarle algo? aunque no sean por el banco?. Nunca me ha dado recibo, el dia de la firma de contrato que fue por inmobiliaria al terminar me pidio que le pgara en B y me dio recibo solo los tres primeros meses, la luz la tenia domiciliada en mi cuenta hasta marzo pasado, con lo que ahora no tengo forma de justificar que le pago
Titania pagar el alquiler en metálico y sin recibos es una temeridad verdaderamente peligrosa.
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Es que lo consulté con un abogado y me dijo que dentro de la mensualidad que le pago entra el alquiler de los electrodomesticos que figuran en el contrato, pero mi casero insiste en que el no se hace responsable, de momento todo funciona bien, pero el problema es que como ni siquiera me da recibo cuando le pago porque lo quiere todo en B, no se si tendria posibilidad de reclamar algo en caso de que falle algun electrodomestico
No, no es cierto, durante todo el periodo de alquiler hay que aplicar la teoría, reparación pequeña o avería/rotura por negligencia o mal uso debe pagarla el arrendatario, reparación grande o sustitución por antigüedad debe pagarla el arrendador.