Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
En mi comunidad somos 6 vecinos. 3 no pagan la comunidad y según el presidente, cada vecino tiene que limpiar su porción de escalera. yo vivo en el bajo y tengo que limpiar el portal. Pago mi alquiler religiosamente. ¿estoy obligada a limpiar? o es cosa del casero. Gracias
Pues para pedirle consejos esta Ud. Sr. listillo...
Todos podemos equivocarnos, pasar una norma por alto, no estar al dia con los cambios jurisprudenciales sobre alguna materia o seguir una tesis minoritaria.... pero de ahi a afirmar que no se puede pedir al inquilino que pague la comunidad o el IBI va un mundo.
Tiene Ud. alguna titulacion academica que pueda sostener su autocalificacionde experto y/o profesional?
Madre mia, lo del "representante legal del piso frente a la comunidad" me ha matado...
Pedro Martínez
Abogado
Señor "profesional" listillo 86, experto en urbanismo nada tiene que ver con los arrendamientos y la LAU. Te has dejado en evidencia tú mismo, cómo puedes tener la valentía de decir que te pidan consejo cuando no tienes ni idea de lo que dices?
Da la sensación de que no te has leído la LAU, porque si no, sabrías perfectamente que tanto el IBI como las basuras como la comunidad se puede repercutir al arrendatario siempre que esté especificado en el contrato y se refleje el importe pagado el último año.
Aquí te dejo el artículo en cuestión para que te lo repases.
Artículo 20. Gastos generales y de servicios individuales
1. Las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario.
En edificios en régimen de propiedad horizontal tales gastos serán los que correspondan a la finca arrendada en función de su cuota de participación.
En edificios que no se encuentren en régimen de propiedad horizontal, tales gastos serán los que se hayan asignado a la finca arrendada en función de su superficie.
Para su validez, este pacto deberá constar por escrito y determinará el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato. El pacto que se refiera a tributos no afectará a la Administración.
Por cierto este tema es viejo no, viejísimo.
Me hace gracia que te hagas llamar experto y no tengas idea de lo que estas hablando, ninguna ley ni la ley de propiedad horizontal ni la ley de arrendamientos urbanos puede obligar a un inquilino a realizar las labores de limpieza o mantenimiento, eso de entrada, luego que una propiedad concreta lo haga porque los vecinos no paguen la cuota mensual y no puedan pagar el servicio me parece genial ahora bien si un solo propietario se niega a realizar las funciones la comunidad no puede pedirlo, y luego para los que comentais que sabeis de leyes,,, Que sepais que cuando realizas un alquiler eres tu el representante legal del piso frente a la comunidad (que para eso en tu recibito esta incluida la comunidad) y de paso ya también dejo unos datos de interes para aquellos caseros listos que quieran ganar dinerito la comunidad, al igual que el ibi e impuestos de basuras corresponden al dueño de la propiedad eso de que en el contrato pongais que la comunidad esta incluida no señor esque no se puede pedir al inquilino su abono es como si le piden que pague el ibi y todas las reparaciones de habitabilidad tambien os corresponden. Si necesitais alguna consulta sobre la ley de propiedad horizontal o la ley de arrendamientos urbanos podeis pedirme consejo. Soy experto en urbanismo.
Entiendo que si parte de los inquilinos pagan la comunidad, ya está incluido en ella y, si por omisión en el contrato no figuró la comunidad a los otros inquilinos, no podrá exigírselo ( podría haber cobrado la comunidad figurándolo en el contrato). EXISTE UNA COMUNIDAD. saludos,
En mi edificio somos 6 vecinos y el casero es el mismo para todos. En mi contrato no aparece que tenga que limpiar la escalera pero por civismo o educación los vecinos nos rotamos y lo hacemos. Igual que me toca sacar los cubos de basura un día a la semana.
Es cierto que hay vecinos que no trabajan y que tienen más tiempo para menesteres de la vivienda que los que trabajamos, pero por facilitar la convivencia a mi no me importa hacerlo, claro que tampoco se me exige porque estoy en mi derecho de no hacerlo si no quiero.
Si en el contrato de alquiler hay una claúsula en la que el inquilino se compromete a limpiar las escaleras y el portal según el turno de limpieza establecido por la comunidad de propietarios, entonces ¡TIENE OBLIGACION EL INQUILINO DE LIMPIAR!
Si no quisieras firmar esa claúsula, entonces no te alquilarían el piso.
No estoy de acuerdo.
No creo que el casero tenga derecho a exigirte que limpies ninguna zona común. Estaría bueno que en las próximas reuniones decidan turnarse, para regar las plantas del edificio, cortar el césped del patio, limpiar los garajes, realizar el mantenimiento de la piscina..., y que todo esto tuvieras que hacerlo tú periodicamente. Además éste es un acuerdo que claramente te perjudica a ti, pues evidentemente el portal se ensuciará muchísimo más que el último piso, pues el portal lo usan todos los habitantes del edificio y la entrada de cada casa no.
Estaría bueno que vivieras en un edificio de 50 plantas, cada uno limpie la entrada de su casa por la que no pase nadie más, y tú limpies el portal que es la entrada a la de todos y de sus visitas (lo que significaría el paso regular de 200 - 300 personas diferentes por el portal).
Creo que la comunidad no está facultada a tomar esa decisión al menos que sea por decisión unánime de todos los propietarios. Y si tu propietario lo aceptó sin consultartelo, deberá ir él a hacer la tarea. Pongo la mano en el fuego que si no aceptaste expresamente esta tarea en el contrato, no estás obligado a nada.
Todo esto lo digo por sentido común, a ver que dicen los entendidos en derecho...
La Ley de la Propiedad Horizontal dice en au art. 3:
Cada propietario puede libremente disponer de su derecho, sin poder separar los elementos que lo integran y sin que la transmisión del disfrute afecte a las obligaciones derivadas de este régimen de propiedad.
Entiendo que un arrendamiento es una transmisión del uso, por lo tanto, el usuario tiene la obligación de atenerse a lo estipulado en la norma.
Salvo mejor opinión
Si lees este post contestado por 3 de los MEJORES profesionales (de los auténticos) de este foro, tendrás la respuesta. NO. NO TIENES QUE HACERLO.
Saludos - Papeleos Alquiler
a pesar de lo que te digan el resto, lo que vale es lo que ponga tu contrato, si pone que te atienes a las normas de la comunidad tendrás que cumplirlo, pagues la comunidad tu o no, el que halla servicio de limpieza que se cubra con los gastos de comunidad es un servicio que se te da a ti con el pago del alquiler, que no hay este servicio, la responsabilidad de la limpieza es de quien vive en el piso. si ese servicio no entra en los gastos de comunidad y la norma comunitaria es que cada vecino se limpia su zona, te toca a ti hacerlo ya que tu has aceptado esas normas en el contrato. Y si, es muy injusto que aún viviendo en el piso no puedas acudir a las reuniones comunitarias ni expresar la opinión pues tu vives ahí, pero esa decisión es de la comunidad. si no te dejan asistir es por decisión de la comunidad pues si tu casero te lo permite puedes hacerlo como parte interesada. Habla con tu casero y pidele que pongan servicio de limpieza, todas tus quejas de la comunidad diselas a él/ella.
y por cierto, una cosa es limpiar tu porción de escalera, y otra que tengas que limpiar el portal entero por vivir en el bajo, eso no es así, limpia un trozo hasta tu puerta, el resto debería ser rotativo para todos los vecinos ya que pisan cada día ese suelo, y por ello se ensucia más. antiguamente los turnos de limpieza eran una vez a la semana un vecino su rellano, y una vez al mes el portal, dependiendo del número de vecinos.
Las obligaciones de limpieza o demás de la comunidad las rige la misma comunidad, a la cual te acoges al hacer el contrato de alquiler de esa vivienda. Normalmente en los gastos de comunidad se incluyen estos de limpieza, pero si esta comunidad acuerda el ahorro de este gasto, tú también te lo ahorras. Puedes limpiarlo tú o encargar a alguien que lo haga.
Hombre, por mucho que se trabaje de lunes a ¿sábado?, me imagino que de vez en cuando se limpiará la casa propia: Una vez a la semana es lo más habitual.
Pues si después de haber fregado tu propia casa, con el mismo agua y la misma fregona se da un repaso al portal (y lo mismo antes con el cepillo), no se debe tardar más de 10 minutos...
No obstante, estoy totalmente de acuerdo en que esto no te corresponde a ti. Tu has alquilado un piso, y pero el tema de la comunidad: tu no pagas la comunidad, no tienes ni voz ni voto en las juntas, no puedes responder por los que pagan ni hacerte responsable de las decisiones que tomen en las reuniones (como la limpieza de las zonas comunes).
Si los propietarios no quieren contratar a una empresa para ello, que intenten contratar a algún vecino para que por un precio módico lo haga: por ejemplo, que se ahorre lo que paga de comunidad (ahora no es muy típico, pero antiguamente y sobre todo en los edificios antiguos, se hacía). Pero este no es tu problema.
Y simplemente para darte una idea, por si te es útil: Si no te importa limpiar el portal, quizá para no entrar en polémica, pidele a tu casero que te rebaje el alquiler, unos 15€ al mes (que realmente es como si te contratase). Pero te vuelvo a decir, que no tienes la obligación de hacerlo.
No limpies a no ser que este estipulado en el contrato.
Que vaya la dueña con el cubo o que contraten una limpiadora, por dios en que epoca vivimos!!!
Si trabajas todo el dia de lunes a sabado el domingo que te vas a poner, a limpiar el portal? en que cabeza cabe por favor.......