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El techo se cayó hace 3 semanas por una rotura de agua en el piso superior (ajeno a mi responsabilidad obviamente). Perdí la cama y parte del mobiliario de la habitación, y a las horas se cayó el techo. Llevamos desde entonces entre seguro, administrador de la finca, y nuestro casero, que nadie nos da una solución.
Creo que finalmente el seguro de nuestro casero sí pagará la reparación, y espero que me paguen el contenido pero lo que no sé es si al casero le puedo pedir una reducción del alquiler por estar sin habitación, y si así fuera, como se calcularía.
Muchas gracias por adelantado.
Si tu casero tiene un buen seguro de vivienda en alquiler el seguro incluso podría pagar la parte del alquiler.Porque yo tengo un seguro de piso de alquiler, que me cubre los meses perdidos por culpa de obras.
Lo que me temo que hasta que el vecino de arriba no soluciones la fuga de agua y esté todo seco no pueden hacer nada.
Habla con tu casero y seguramente te reduzca el alquiler mientras esteis en esta situación aunque su culpa tampoco es, pero como tu si quisieras te podrías ir con un buen motivo, es una manera de asegurarse que tiene unos ingresos, porque el piso así no se lo podrá alquilar a nadie
Lamentablemente la mayoría de aseguradoras para cobrar son buenas pero para hacer las reparaciones les cuesta y si encima el vecino de arriba no tiene seguro más.
en mi opinion si lo puedes reclamar puesto que la habitacion está inutilizada mientras no se arregle.
muchisimas gracias, ha sido de gran ayuda. Solo una duda: si la obra durase más de 20 días...¿desde el momento en que empiecen? Porque lo que más me molesta ahora es que como he dicho llevo 3 semanas y todavía no se han dignado a tocar nada! Estamos durmiendo en el sofá y lo que quiero que me indemnizen es ESTE tiempo en el que nos tienen abandonados! ¿Se podría incluir?
Si llevas sin poder usar la habitación más de 20 días, puedes pedir una reducción sobre la renta, proporcional a los m2 de la habitación en relación al piso.
saludos - Papeleos Alquiler.
Artículo 21. Conservación de la vivienda
2. Cuando la ejecución de una obra de conservación no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento, el arrendatario estará obligado a soportarla, aunque le sea muy molesta o durante ella se vea privado de una parte de la vivienda.
Si la obra durase más de veinte días, habrá de disminuirse la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que el arrendatario se vea privado.
Esto es lo que dice la LAU en tu caso. Cómo calcularlo, un poco de matemáticas. El total del piso entre lo que pagas de renta, así sacarás cuánto pagas por 1 metro cuadrado, multiplica eso por lo que mida la habitación y es lo que le tendrás que pagar de menos.