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Cuando alquilamos el piso, tuvimos que firmar un aval bancario con un deposito de 2 meses. ¿es obligatorio renovarlo anualmente? ¿hay otra formula que podamos proponer al propietario, que no nos cause tantos gastos? además de tener el dinero depositado sin poder tocarlo, cada 3 meses nos supone un gasto más.
Hola, es obligatorio renovarlo si en el contrato se pactó la duracion indefinida del mismo. Aunque si ello fuese asi el propio texto del aval deberia recoger esta circunstancias y no habria que renovarlo anualmente, dado que se renovaria anualmente salvo que fuera denunciado por una de las dos partes. Eso sí hay que pagar los costes del aval, y si no tienes una solvencia muy amplia el banco retendra esos fondos.
Una forma similar a proponer que se me ocurre es hacerle un deposito al arrendador. Con eso te ahorrarias las comisiones del banco, pero igualmente no podrias disponer del dinero.
Pholmo, es absurdo, pero veraz, el banco presta un servicio que otro no te da (conceder el aval), tramitarlo, ir a firmar al notario porque existe la pignoracion, tiempo de sus empleados... todo eso cuesta dinero.
Ademas supongo que el deposito que el tiene vinculado al aval tambien generara beneficio, por lo que el coste del aval no es tanto...
Vincular un depósito en el Banco a la concesión de un aval, y que el Banco cobre por eso es absurdo, sería mucho mas fácil buscar un procedimiento para que esa cantidad garantizara directamente el pago del alquiler sin intermediarios.
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Supongo que lo que te preocupa es la comision trimestral que el banco te cobra por tener el aval (independientemente de que este pignorado o no) me equivoco?
El Banco no decide, la solicitud de abval o no es una clausula de tu casero y tendra que ser con el con quien trates y a quien le propongas alguna formula alternativa, quiza la mas comun que yo he visto es que sea el casero quien corra con los gastos del aval (los trimestrales), en cierta forma es bajarte un poco el alquiler para pagar el aval, pero claro, el tiene que querer...
Que el banco te pida un deposito para darte el aval es lo mas comun.
Si no se renovara el aval bancario, perdería su función de garantía, por lo que sí, debeis renovarlo todos los años. Otra alternativa sería el aval de otra persona (no entidad bancaria) o ampliar la fianza o incluso un seguro de impago de rentas.
En nuestro blog tenemos publicado un artículo sobre el aval bancario y otras alternativas.
http://conocertusderechos.blogspot.com/2012/02/el-aval-en-los-arrendamientos-tipos-y.html