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Me trasladan a otra comunidad, el contrato es por 5 años, y todavia no ha pasado el primer año, pero en la inmobiliaria me dijeron que si tenia que irme por traslado en ese caso el arrendador no se quedaría con la fianza como indemnización. ¿es así?. y cual es el plazo de notificación.
No es que sea exactamente así.
El arrendador podrá demandarle por incumplimiento de contrato y reclamarle no la fianza, sino las rentas mensuales hasta que vuelva a alquilar el piso.
El juez podrá fallar a favor de una u otra parte.
Si el juez considera que es causa justa fallará a favor de usted. Si el juez considera que el propietario no tiene culpa, fallará a favor de él.
Normalmente, las partes, para no arriesgarse, llegan a un acuerdo extrajudicial en el que todo el mundo cede (pierde algo)
Saludos. Papeleos Alquiler.