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En mi contrato indica lo siguiente "Los gastos de electricidad, agua, teléfono o cualquiera otro que produzca la vivienda arrendada y, en definitiva, todos aquellos que sean individualizables mediante aparato contador, que la parte arrendadora repercutirá mensualmente a la arrendataria" y "Los gastos generales y de servicios individuales relativos a servicios y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada, siendo por cuenta de la parte arrendadora el pago de las cuotas que pase al cobro la Comunidad de Propietarios del inmueble al que pertenece la vivienda alquilada y el Impuesto de Bienes Inmuebles" con lo que yo entiendo que debe hacerse cargo el propietario, ya que no se trata de un gasto que yo genere, y él debería pagarlo igual aunque tuviera el piso vacío. Gracias!
Tasa = Arrendador.
(a no ser que en contrato se estipule lo contrario, indicando el coste de esta)
Saludos,
Pablo.
Hola silvia:
A tenor de las cláuslas que ha transcrito el obligado al pago de la tasa de basura será el arrendador, pues no se ha pactado expresamente la facultad de repercutirla al arrendatario(usted).
Reciba un cordial saludo