La variación interanual del
IPC en Cataluña de mayo (la última publicada) ha sido del 0,1%, es decir, 32 céntimos. (Y eso si es el general, que el específico de alquilares ha sido negativo)
Sobre el modo de pago, aténgase a lo que ponga el contrato. Si no pone nada, habrá de ser en efectivo y en el domicilio arrendado. Pero eso si... SIEMPRE SIEMPRE exijan recibo. No hacerlo es igual a no pagar.
Saludos