Buenos días,
Tal como le dice nacho, si el preaviso de finalización del contrato se ha realizado con al menos 30 días de antelación, o bien si le proponen un nueva renta para la prorroga a cambio de no fianlizar el mismo (cuestión controvertida pero aceptada por no pocas audiencias provinciales), en ese caso se podría modificar la renta o bien a traves de un nuevo contrato para el primer caso o bien mediante un anexo en el segundo supuesto...si no se ha producido ningunode estos dos supuestos, el contrato se entiende prorrogado por un año más y ñla renta lo más que se puede modificar es mediante la correspondiente actualización en caso de aparecer reflejada en el contrato. Un saludo
PdC Sociedad Inmobiliaria