Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Llevo trece años viviendo de alquiler, nunca me he planteado la compra.
Esta vez es la cuarta que cambio de vivienda, y estoy "alucinando". Tengo una nómina buena, más que buena, y además avalista por si lo piden. Pues aún así he tardado dos meses y medio en poder encontrar un apartamento. ¿La gente está obsesionada con los avales bancarios? Por otra parte, ¿por qué estamos ahora OBLIGADOS a estar un año en una vivienda? ¿qué pasa si te tienes que marchar y el arrendador NO es razonable y te obliga a pagar todo el periodo restante? Además muchos se niegan a poner cláusulas que protejan de alguna manera al inquilino en esta circunstancia (ejemplo: que tengas que dejar la vivienda por causas de fuerza mayor, como desempleo, cambio de lugar de residencia, situación familiar grave..). No sé, me parece una ley hecha sólo para que los propietarios pierdan el miedo...
Si me parece suuuper abusivo empesando por los meses de fianza y avales bancarios
Yo estoy intentando alquilar un piso y me parece normal que se pidan ciertas garantías,lo que no veo tan normal es que te pidan casi lo mismo que para solicitar una hipoteca.Y decirle a alguno de los que han contestado que no todo el mundo deja de pagar ni todo el mundo causa desperfectos,que hasta donde yo se el arrendador paga la hipoteca con el alquiler y las personas que por lo que sea tenemos que cogernos un piso de alquiler no somos sinvergüenzas por sistema,también hay arrendadores que tienen mucha cara.Y por supuesto también existe la opción de no alquilar tu piso y pagarte tú tu hipoteca asi seguro que no tendras problemas
Mari Lolis, no me he sentido para nada ofendida con tu respuesta.
Es más, creo que es una respuesta muy correcta.
Mi intención era ridiculizar que en estos tiempos en los que ya no se habla de usted más que en casos muy muy concretos, alguien pretenda decirme que no le respeto y ofendo por hablarle de tu.
deaquiydealli mis disculpas si te has sentido ofendida, no era, ni de lejos mi intención.... yo sólo exponia que el usted se usa más que nada para marcar territorio...puede ser deformación profesional.
Pues ala, que todo el mundo se aplique el cuento. Incluida usted Mari Lolis.
Así como Isabel Saez que me pide a mi que la trate de usted, cuando en otros posts suyos trata de tu a la gente que pregunta y no pide permiso para ello.
deaquiydealli sólo se habla de tu si el otro te da permiso y no porque te da la gana.
El usted no es sólo respeto, no nos confundamos, el usted es también para marcar territorio...cuando no se quiere que alguien traspase ciertos límites se le habla de usted.
Perdón????? Trato de cortesía, te he hablado de tu porque me da la gana, acaso por hablarte de tu te he faltado al respeto? He escrito alguna ofensa porque lo haya hecho de tu?
Que reconozco los derechos de la otra parte? aquí es donde deberías leer tu todo mi texto íntegro y enterderlo correctamente. He comprendido muy bien que es ley en Francia, pero lo he extrapolado a España para que veas lo que ocurre aquí. Te parece poco todo lo que he escrito a lo que tiene derecho el inquilino mientras que el propietario no puede decir nada?
Los no propietarios pagaís siempre un alquiler creciente? Creci que??? Los pisos de alquiler están bajando precisamente porque muchos propietarios los han sacado a alquiler y el inquilino tiene mucha más oferta que antes.
No niego que sea una necesidad
deaquiydealli. Para empezar el trato de cortesía cuando alguien no se conoce es el de usted. Menos confianzas. Y luego hay que leer todo el texto y entenderlo correctamente.
Los 6 meses MÍNIMOS de preaviso por ambas partes no lo propongo yo, ES LEY EN FRANCIA. Parece que en el país vecino ven las cosas de forma muy distinta a la gente de aquí.
Y usted parece no entender que una vivienda no es cualquier cosa. Usted desea, como la patronal con el trabajo, alquilar cuando quiera y echar cuando le dé la gana, sin reconocer ningún derecho a la otra parte. Sólo obligaciones.
En un mundo salvaje, eso es posible; en un estado que proteja de la explotación a unos seres por parte de otros no.
El derecho a la vivienda es como el derecho al trabajo, lo tenemos todos.
Los no propietarios pagamos un alquiler, siempre creciente para obtener el derecho a vivir con un techo encima y un lugar al que llamar hogar. Y un hogar no es ni lujo ni accesorio prescindible. Es una necesidad. Hay una máxima antiquísima que dice: Trata a los demás como quieras ser tú tratado.
Bastantes personas tendrían que aplicarse el cuento.
El 70 % aproximadamente son inquilinos de rentas mensuales que no llegan a los 1000 euros, aparte los 4 millones de parados, economía sumergida, ingresos sin documentos justificativos,....etc. Queda muy poco margen para alquilar con garantías. Te arriesgas con un mínimo sabiendo que pasará lo que dicen estos caseros. Arriesgarte o tener pisos vacíos. Si aval bancario, seguro arrendatario o fiador solidario ( propietario) bien, sino RIESGO Y MUCHO. YO, PERSONALMENTE, DARÍA UNA ANUALIDAd DE RENTA SI UNA inmoibiliaria u otro organismo me garantizara EL COBRO ( HASTA LOS 5 AÑOS ) SIN HABLAR DE LOS DESPERFECTOS. me ahorraría muchos gastos. saludos,
Hola:
1º) Para emitir una opinión fundamentada acerca de la si la LAU 1994 es o no proteccionista con el arrendatario basta con dedicar unos minutos a leer el preámbulo de la misma. Este ejercicio servirá, además, para saber la finalidad de la citada Ley.
2º) La actual LAU es, a mi juicio, bastante deficiente tanto en su contenido como en su redacción. De ahí la innumerable jurisprudencia contradictoria existente y a la cada vez más frecuente labor de casación que se ha visto obligado a realizar el Tribunal Supremo.
3º) La suma de los dos factores anteriores hace que sea muy conveniente buscar el asesoramiento de un profesional en la materia antes de arrendadar un inmueble no sólo para que asesore sobre los derechos y obligaciones dimanantes de cada uno de los pactos y redacte el contrato, sino también para que busque arrendatarios que se adecuen a los intereses del arrendador o arrendadores que se adecuen a los intereses de los arrendatarios. Lamentablemente los citados servicios no son prestados en la práctica por la totalidad de los profesionales en la materia.
Un cordial saludo.
Despacho Armando García Fernández.
http://letradosalquileres.es.tl
Email: letradoalquileres@hotmail.com
Email2: armandogarcia@ical.es
La ley protege muchísimo más a los propietarios que a los arrendatarios.
Ah si? Me puedes decir en qué? Si es un contrato de vivienda habitual podeís estar hasta 5 años firmando un contrato de 1, sin que el propieratio pueda decir nada. Si el propietario necesita la vivienda para él, tiene que haber puesta un claúsula de necesidad que lo exprese, si no, ajo y agua.
Preaviso de 6 meses? por ambas partes? Como ya te he comentado, no hace falta preaviso porque aquí el que decide es el arrendatario y con un mes es suficiente.
Indemnización al arrendatario, te lo vuelvo a comentar, si el arrendatario no quiere, no se va de la vivienda durante 5 años. Eso por ley.
Condición de permanencia de contrato por ambas partes? si lees preguntas verás que el 90% de los inquilinos quieren irse a mitad del contrato y no por causas de fuerza mayor que están contempladas por ley. Ahora que, si es el arrendador el que quiere que se vayan, preguntan por su derechos. Todo derechos y 0 obligaciones. Es cierto que se puede demandar judicialmente el resto de los meses, pero sale más caro el collar que el perro.
Problemas administrativos, el arrendador los tiene todos y el arrendatario ninguno. Qué problemas tiene el arrendatario a nivel de administración? No paga, le desahucian y se declara insolvente, el arrendador ajo y agua, con la deuda de suministros, alquiler, y en muchos caso con desperfectos que superan con creces la fianza.
Te extrañas de que la gente pida avales bancarios, garantías...
Hola santiv. Dejémonos de tonterías que ya he visto unas cuantas al ver las supuestas respuestas que te dan. Puedes alucinar. La ley protege muchísimo más a los propietarios que a los arrendatarios. Es un contrato desigual. Ciñéndome a tu consulta. Si esa condición de permanencia fuera a la recíproca, nada que objetar. En Francia yo busqué y el contrato obliga a un preaviso mínimo por ambas partes de 6 meses. Y a indemnización si no se cumple el plazo, pero por ambas partes. Me pareció bien. Siempre que obligaciones, responsabilidades y derechos estén a la par, yo firmo. El tema que tú planteas es la DESIGUALDAD entre unos y otros. Para nosotros, arrendatarios, las obligaciones y para ellos, propietarios, los derechos.
Otra cuestión distinta son los problemas a nivel de administración de la justicia pero también diré ahí que se equivoca por ambas partes. Muchos propietarios pasan las de Caín pero los arrendatarios somos como vacas a las que se procura sacar hasta la última gota de leche. Sin contrapartidas. En la inmensa mayoría de casos.
El Mediador ... pues yo también me quedo alucinando con su comentario: "Un contrato esta para mediar entre un casero y un inquilino ...."
Y para qué están los intermediarios como usted???!!!
Tenemos una constitución y tenemos un gobierno y necesitamos viviendas para vivir.Porque quebrarnos la cabeza en encontrarlas.La cabeza nos la tenemos que quebrar en nuestro trabajo en hacerlo cada vez mejor entonces que no nos compliquen la vida por favor.
Mi estimada y profesional Gabriela M,
A los casos que han contado Jemahe y Motivana, permiteme que añada el mío.
Alquilé mi piso al dueño de una inmobiliaria céntrica de Alicante, que vestía (y sigue vistiendo) trajes de 1000 € y se mueve con un Saab descapotable. Dejó de pagar y he necesitado 12 meses para que el juez lo desahuciara y ordenara el lanzamiento. Finalmente se fue, llevándose las llaves de mi casa.
Entre rentas, desperfectos y consumos, me adeuda más de 15.000 € y no tiene a su nombre, ni la inmobiliaria, ni el Saab ... ni posiblemente los trajes ¿Qué me aconsejas tú como profesional?
Quizá la solución sería exigir garantías solo a los que son incumplidores, pero ¿Tú los sabes distinguir? Yo no.