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creo que ya se ha quedado el banco con la propiedad, ¿en qué me afecta todo esto?, el contrato es vigente por cinco años y llevo dos
gracias
Aunque no he escrito anteriormente ya he recibido la citación como me advertisteis y tambien me he puesto en contacto con un abogado el que me da buenas esperanzas, de momento del banco no he recibido ninguna contestación al tema de la retención de IRPF aunque en hacienda me hanb dicho que si debo practicarla, me gustaría que tambien me asesorarais al respecto.
De nuevo muchisimas gracias a todos.Esto me servirá para poder ayudar tembien a otros con mi experiencia actual. Segun vaya ocurriendo todo os lo ire contando y poniendoos al día alser una realidad al parecer muy frecuente actualmente espero que a mas de uno le pueda servir.
Hola indignados:
coincido con la respuesta de mi compañero Pholmo.
Reciba un cordial saludo.
despacho Armando García Fernández.
La situación que describe tiene la suficiente complejidad como para aconsejar la intervención de un abogado, en el Juzgado de paz le van a entregar una notificación para acudir a un Juzgado de 1ª Instancia o un exhorto de este.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil).
Cierto Javier.
Fallo mio.
ciertamente debe pagar iva, etc; como indica Javier.
Saludos,
Pablo.
Paolo,habla de "local" y entonces sí que lleva IVA y tiene que retener el IRPF,para ingresarlo trimestralmente en hacienda
Si se trata de tu vivienda habitual no debes pagar iva.
no lo pagues; no tiene sentido.
debes seguir pagando exactamente la misma cantidad (salvo actualización de ipc).
saludos,
pablo.
Gracias Javier, por desgracia la cosa se esta complicando un poco y creo que me van a citar en el juzgado de paz en breve en calidad de inquilino aunque creo que es normal aun no entiendo el por qué. Otra duda que me ha aparecido, resulta que el banco me exige el pago del IVA aunque no me deduce el IRPF cosa que en Hacienda no lo tienen muy claro. ¿Alguien puede asesorarme en el tema fiscal?.
Gracias a todos de nuevo.
indignados Debe guardar muy bien ese último recibo pagado antes del aviso del nuevo nº de cuenta.En los próximos meses no deberá ocurrir nada,mientras siga pagando normálmente,ya que le deberán respetar las condicciones de su contrato hasta el 5º año como mínimo
El banco ya me ha mandado el lugar donde he de ingresar el alquiler mensual, mi duda es que ya he pagado al anterior propietario la mensualidad de febrero antes de que el banco me comunicara la nueva situación, así que no puedo hacer nada este mes el que viene ya haré el ingreso a la entidad que corresponda. por otra parte, parece que ya hay cambio en el registro de la propiedad de la titularidad del inmueble, así que ahora estoy en un sinsaber que ocurrirá en los próximos meses.
Gracias a los dos por vuestras respuestas.
Tu contrato sigue vigente, solo que ahora debes pagar al banco.
eso si, solo si el contrato es por un importe de mercado. Si pagas mucho menos te demandarán.
debes ir al banco e indicar que tienes un contrato en regla.
pablo.
indignados No debes hacer nada ,hasta que te avise el nuevo dueño para darte el nuevo nº de cuenta,donde ingresar el alquiler.Un consejo,no se te ocurra dejar de pagar un mes ,aunque sea al antiguo dueño,ya que el banco,dispondrá de una excusa para deshauciarte sin más