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Hace 2 años tuve filtraciones de agua en la vivienda que tengo alquilada, dicho siniestro la aseguradora lo valoro en 432 €, pero solo me abono 232 € dejando sin pagar la franquicia de 200 € que tiene la poliza. La comunidad se niega a pagarme el importe de la franquicia porque dice que la tiene que reclamar la propietaria de la vivienda, porque yo como inquilino no tengo derecho a recibir esa cuantia. ¿Esto es asi? ¿Que puedo hacer en caso de que esto sea incierto?
Antonio,
En este caso que tu contratas la póliza y la pagas con franquicia incluida(te ahorras un dinero por tener franquicia,ya que con franquicia el seguro cobra menos)si que tienes que reparar tu y cobrar tu y absorber la franquicia tu.
resumiendo:piso amueblado=seguro hogar de continente+contenido pagándolo el prpietario y el inquilino hacerse uno de responsabilidad civil que como beneficiario sea el dueño.
Piso sin amueblar = seguro de continente pagado por el dueño y el inquilino hacerse un seguro de responsabilidad civil que como beneficiario sea el dueño.
Aunque en los contratos la gente pone y pacta lo que le da la gana a veces.
Hola Javier:
En primer lugar decirte que la poliza de seguros de la comunidad, la pago yo aun siendo el inquilino, (pues yo soy quien paga los gastos de la comunidad a excepcion de las derramas o extras) tambien tengo mi seguro de contenido mas responsabilidad civil.
En segundo lugar no pretendo cobrar algo que no entienda sea mio, se muy bien que la aseguradora no paga la franquicia, si lo hiciera no habria lugar a ella, pero si se que la comunidad esta obligada a pagarla bien el propietario, bien al inquilino, el importe de la misma y este es el tema de mi pregunta, quiza me explique mal al realizarla.
Si los gastos por la reparacion del siniestro los he pagado yo personalmente, entiendo que debo ser yo quien cobre la indemnizacion del seguro. o estoy equivocado?.
Hola Antonio,las franquicias no se cobran,es lo que la compañía descuenta del siniestro en las pólizas contratadas de "todo riesgo con franquicia"Si la póliza está contratada, como es lógico, por el dueño,a el le tendría que haber pagado el seguro descontada la franquicia.No entiendo que te hayan pagado a ti y encima pretendas cobrar la franquicia que se descuenta del total del siniestro.En los contratos lo corriente es que el dueño asegure la propiedad y que el inquilino se haga un seguro de responsabilidad civil que como beneficiario tenga al dueño(una sarten que se incendia y quema la casa,muebles,o un grifo que se queda dado por olvido e inunda las viviendas de abajo etc etc)Yo siempre cuando alquilo pongo en el contrato la obligación de contratar un seguro de responsabilidad civil para el inquilino esté cubierto y no pueda declararse insolvente
Entiendo que fue un siniestro que pagó el seguro de la comunidad, lo que no termino de entender es que dicho siniestro afectara a bienes de su propiedad y no a los del arrendador; cuanto menos tendría que haber daños de pintura en techos (para que el siniestro subiera a 432€...).
Dicho lo cual, si los daños a sus bienes ascienden a 432€, usted puede reclamar los mismos a la comunidad y al propietario (como copropietario de la comunidad) al mismo tiempo si es preciso, y siendo usted perjudicado no tiene porqué asumir franquicia alguna. En cambio, si los daños son al continente (del arrendador), y contenido (suyos), deberá gestionar el siniestro con el propietario.
Saludos cordiales.
La cantidad tendría que percibirla el casero si las filtraciones de agua estropearon cosas del casero. Con lo que si fue así no tendrías que haber cobrado nada.
Hablalo con tu casera a ver como podeis solucionar el tema