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AngelaMadrid

inquilino/a

¿Una vez que cumples el primer año de alquiler, los sucesivos se deben cumplir enteros?

Buenas tardes, Tengo un contrato de vivienda de alquiler, el primer año ya lo cumplí, ahora voy a abandonar la vivienda y no ha cumplido el segundo año, tengo entendido que una vez cumplido el primer año avisando con un mes de antelación al propietario puedes abandonar la vivienda sin necesidad de cumplir sucesivos años, es así o me equivoco, y si estoy equivocada que represalias puedo tener?

Muchas gracias de antemano por vuestra ayuda. 

  • Preguntado por: AngelaMadrid
  • Hace 12 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (5)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Angela:

    Coincido con las respuestas anteriores.

    reciba un cordial saludo

    despacho Armando García Fernández.

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Lo que dice tu contrato es que la penalización por irte antes de terminar la duración del contrato es la pérdida de la fianza. Y como te han dicho, los contratos se van prorrogando por anualidades completas, conforme a la ley.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    La ley dice que llegado el vencimiento del contrato, se prorroga por otra anualidad.

    yo te he contado cómo son las cosas.

    si tú llegas a un acuerdo más ventajoso con tu casero, mejor que mejor.

    saludos - Papeleos Alquiler.

     

  • AngelaMadrid

    inquilino/a

    Pero en estos momentos me encuentro en una prórroga, el primer año de contrato obligatorio ya lo cumplí, tendré derecho a irme avisando con um mes de antelación no? He vivido muchos años de alquiler y en todos los pisos lo hice así y no tuve nunca ningún problema. 

    En el contrato me pone que "en el hipotético caso que la arrendataria quisiera dar por finalizada la relación contractual antes del plazo de un año la fianza quedará a favor del arrendador" Pero como expongo más arriba ese año ya lo cumplí.

    Muchas gracias de antemano.

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    estás equivocada.

    Cuando cumplió el primer año el contrato se prorrogó por OTRO AÑO.

    Si deseas irte antes debes indemnizar al arrendador o arriesgarte a ser demandado por incumplimiento de contrato.

    Un par de meses de renta debería ser una indemnización aceptable.

    Saludos - Papeleos Alquiler.

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