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Ahi viene la historia.
Soy estudiante y vivo durante el curso en un piso de alquiler. Tras un accidente se quemó algo de la cocina (basicamente todo ennegrecido del humo, y 2 laterales de un mueble y la campana que habia que cambiar) Tras hablar con el casero vino el seguro que el tiene contratado y se encargo de hacer un peritaje diciendo claramente que ellos cubrian eso (pintar, limpiar, cambiar campan y las maderas de la cocina) han hecho ya limpiar y cambiar la campana.
Y hoy me han llamado del seguro diciendo que me iban a pasar la factura a mi (1700euros), el caso es que dudo de que el casero este llevando el piso x lo legal (no lo declara ni nada de eso que yo sepa, asi que supongo que no habrá avisado al seguro tampoco.
¿Qué puedo hacer ante esta situación?
Porque dinero no tengo eso está claro, y lo veo injusto más y cuando el seguro y el casero me han dicho claramente varias veces que eso lo cubría el seguro.
Urge respuesta plissss
Gracias por todo
Que majo, ya tenemos al payaso de turno para reirnos.
No habrá acabado ni la eso y dice que tiene una carrera, manda narices xD
Y además, qué tendrá que ver la responsabilidad civil con materia penal.
¿Experto criminalista?
perdona pero todo lo que has escrito. Y lo que no (Las aches también existen. Como Teruel). Me hacen dudarlo.
al margen de la falta de sentido en abrir un post de hace 12 meses.
hola soy criminalista yo te digo que tu no tines ninguna resposibilida civil ante el seguro , pase lo que pas en la casa el casero se ace cargo de todo junto a su seguro tu no tine s que acer nada que sepas que si te ace eso el seguro es demandable .
El hecho de que tu supongas que el casero no declara a Hacienda, es un suposición que no puedes asegurar, no tiene nada que ver con el hecho de que accidentalmente has causado un daño a su propiedad.
A los seguros les trae al pairo que el tomador del seguro, arrendador, declare o no unos ingresos mientras page su poliza religiosamente.
A tu pregunta.
¿Qué puedo hacer ante esta situación?
1- pagar al seguro, puedes estar seguro que tarde o temprano cobraran, los seguros cobran siempre las deudas, de eso se encarga su gabinete juridico que son bastante competentes. Al final tendras que pagar la deuda, costas judiciales mas intereses legalmente devengados.
2- Hazte un seguro de responsabilidad civil para futuros accidentes, dormiras mas tranquilo
Guillem, añadir que en mis pólizas también saben que los pisos están alquilados. Y mi agente me dice lo mismito que acaba de decir Alfonso.
Saludos - Papeleos Alquiler
El seguro de hogar del propietario, cubre los daños que pueda ocasionar al inquilino respecto a la cobertura de responsabilidad civil. Esto es, frente a las reclamaciones que pueda tener el propietario por accidentes que sean de su responsabilidad, por ejemplo, una fuga de agua.
Ahora bien, si los bienes asegurados (por ejemplo muebles de cocina y las paredes), son propiedad del arrendador, y el arrendatario (inquilino), provoca un incendio, aunque sea accidental, la responsabilidad es claramente de dicho inquilino; el seguro tiene la obligación de reparar los daños, y TODO el derecho legal y a mi entender también moral, a repercutir esos costes al causante del incendio.
Los inquilinos que no quieran tener que hacer frente a estos dispendios, debieran contratar un seguro de Responsabilidad Civil (por menos de lo que valen 2 consumiciones en cualquier discoteca), que asumiría dicha reclamación.
No sólo no es injusto, sino que es de justicia que el responsable de un siniestro, pague por él.
Respecto a lo que comenta Guillem, no olvidemos que muchas Compañías no envían profesionales a valorar daños, sino directamente a reparadores; y estos casi nunca recaban información de la vivienda, razón por la que las compañías no llegan a enterarse que hay un inquilino causante que puede ser objeto de recobro. Pero no deja de ser una lotería que te toque uno u otro.
Insisto, es justo y lógico que el seguro repercuta el coste del siniestro al causante, y para no tener problemas, contrate un seguro que cubra su responsabilidad civil.
Saludos cordiales.
En la empresa donde trabajo, gestiono unos cuantos pisos de alquiler en diferentes localidades de España, y es muy corriente que los inquiliinos tengan algún tipo de percance. Y las compañías que utilizo , , siempre, excepto en un caso, siempre me han resuelto por teléfono, los problemas que han tenido los inquilinos. Solo en un caso hubo conflicto, y es porque el inquilino en cuestión, ante una bajada de tensión, que estropeó varios electrodomesticos,de los que pagaron la reparación, pretendía que le pagasen en precio de adquisión como nuevo de un televisor de pantalla plana, que su precio de nuevo era la mitad. Y se puso muy agresivo con el perito, y en consecuencia no le pagaron nada del televisor, diciendo que solo estaban asegurados los bienes del propietario.
De todas formas yo utilizo pólizas para pisos que serán de alquiler.
Por regla general las compañías suelen pagar los arreglos de los inquilinos con el seguro de los propietarios, que es en definitiva para lo que se contrata los seguros. Pero en algún caso, posiblemente cuando ven que ha habido una conducta negligente, o causas no fortuitas, es cuando exigen al inquilino el pago de los daños.
Temo que las cosas son así.
Los seguros cubren los riesgos del TOMADOR (quien los contrató). A él le arreglan su casa, y si "el accidente" le hubiera sucedido a él, fin de la historia. Pero como no ha sido así, la compañía hará lo imposible por cobrar "al culpable" si es distinto del tomador.
Eso sí, si tú tuvieses tu propio seguro (de inquilino, que los hay) éste pagaría lo que te reclaman.