Los seguros cubren los riesgos de quien los contrata. Si usted lo contrata, cubrirá un incendio producido porque usted se deja la sartén puesta, pero no uno producido por un defecto de la instalación eléctrica. Si lo contrata el arrendador, sucede al contrario, cubrirá el incendio produido por defecto de instalación eléctrica pero no el producido porque ud. se deje la sartén puesta. Lea esto y lo verá claro:
SI ALQUILAS PISO... ASEGÚRATE